¿Bienes gananciales o separación de bienes?

Buenos días:
    Mi pregunta es la siguiente: Próximamente, me caso, y en mi Comunidad Autónoma por defecto siempre te ponen régimen gananciales, pero él es de Cataluña, y allí se utiliza la separación de bienes, el caso es que el tiene un piso allí y paga su hipoteca, pero no lo tiene amueblado y lo alquila de vez en cuando, yo aquí tengo otro con el que estoy corriendo con todos los gastos y va a ser nuestra vivienda habitual, aunque todo lo que hay dentro también lo estoy pagando yo al igual que la hipoteca. Después del matrimonio yo recibiré unos terrenos de mi familia, y lo que quiero es que en caso de separación lo mío se a mío y lo suyo suyo, porque ya tuvimos una experiencia en mi familia en la cual falleció un hermano mío sin descencencia y ella se quedo con todo cuando no tendría que haber sido así, otro hermano mio tuvo que repartir sus bienes con su ex, cuando ella no había puesto nada de nada, yo quiero que si a mi me sucede algo, todos mis bienes pasen a mi familia, en caso de que no tenga descendencia, ¿qué tramites tengo que seguir para que esto sea así?, y dichos tramites cuando debo hacerlos, antes, ¿durante o después del matrimonio?, en caso de no hacer la separación de bienes, podría esta en deventaja ante el, por los distintos regímenes que existen entre las dos comunidades, o solo se tendría en cuenta lo de mi comunidad, ya que la boda se celebraría aquí. No lo quiero hacer por el, sino por su familia que siempre esta diciéndome que en caso de que a mi me pase algo todo sera de ellos, por tener él una discapacidad del 33% y le están asesorando para que no ponga nada y no contribuya con los gastos que estamos teniendo en mi vivienda, desde muebles, hipoteca, luz, agua, etc que de momento pago unicamente yo, y que hasta ahora solo disfruta él, porque yo aun vivo en casa de mis padres, su familia bromea a veces con que cambie la cerradura y alegue que yo se lo tengo alquilado, cosa que no es cierta, y saben que me molesta la broma, que no se si es tal o hablan en serio, pero lo cierto es que yo no quiero en un futuro tener que partir nada con ellos ni con él si las cosas no salen bien. ¿Qué es lo que debería hacer dado las circunstancias? ¿Y cuánto serian los gastos de la documentación necesaria?. Muchas gracias!

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Primero: todos los bienes que tengas adquiridos antes del matrimonio, son tuyos privatiovos, es decir, por el hecho de casarte no pasan a ser también de tu marido. E igual con los que él tenga, serán suyos y no tuyos.
Segundo: todo lo que recibas por herencia de tu familia o por donación de tus padres, es tuyo privativo, tu marido no tendrá nada que ver en esos bienes.
Tercero: cuando una persona fallece sin testamento, primero heredan sus hijos y a falta de estos sus padres, y a falta de estos sus hermanos. El marido sólo hereda el usufructo, es decir, el uso y disfrute (sobre todo de la vivienda familiar), pero no la propiedad. Si quieres que esto quede más claro, haz testamento, no es caro, cuesta unos 40 euros.
Conclusión: el régimen matrimonial de tu matrimonio será el establecido en la comunidad autónoma de donde te cases, aunque tu futuro marido sea catalán.
Consejo: haz separación de bienes. Hoy en día es lo más inteligente. Solo necesitáis ir a una Notaria más o menos unos 15 días antes de la boda y hacer una escritura de capitulaciones matrimoniales de separación de bienes, la cual tendrás que entregar en el Registro Civil al ir a inscribir el matrimonio.

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