Contrato de alquiler
Buenos días. Mi pregunta es la siguiente. Mi novio y yo vamos a alquilar un loft como oficina y lo vamos a hacer como persona físicas, no jurídica. Pues bien, el arrendamiento se va a hacer interviniendo una agencia inmobiliaria como intermediaria. El caso es que cuando nos han dado el borrador del contrato veo que en una de sus cláusulas dice que nosotros nos hacemos cargo de pagar los honorarios de esta agencia, cuando nosotros no hemos acudido a ella en ningún momento, simplemente llamamos al teléfono que aparecía en el balcón y resultó ser una agencia. ¿Es esto legal? ¿No es el propietario del loft el que está obligado a pagar esos honorarios porque es él el que habrá contratado ese servicio? Y por otro lado, en otra cláusula también nos pone que la duración del contrato es de seis meses prorrogable por otros seis más. ¿Es eso correcto? ¿Se puede hacer un contrato para tan poco tiempo? ¿No hay un mínimo legal mayor? Y por último, en otra cláusula dice que la parte arrendataria (es decir, mi novio y yo) nos haremos cargo de todos los gastos que supongan elevar este contratoa escritura pública y su inscripción en el Registro. ¿Es obligatorio elevar el contrato a escritura pública? Nunca lo había oído. Lo del Registro sí había leído que podía hacerse, ¿pero tienen que estar las dos partes de acuerdo para proceder a la inscripción o puede hacerlo cada una por su cuenta y riesgo? Se que son varias cuestiones, pero es que estamos un poco desconcertados. Muchas gracias. Un saludo.