Anular un verbal

¿Si un juicio verbal es iniciado por una deuda de 1.000? Y luego, antes del día del juicio se abona la totalidad del dinero, y se acude al juzgado con el resguardo, se puede anular el juicio dado que no hay causa, y si fuere así, no deberían de imponerse costas judiciales, ¿no?
Comentar que previamente se acudió al juzgado por una citación conciliatoria para informar de la deuda.
Gracias

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Si se paga la deuda no hay juicio, y si no hay juicio, no hay costas.

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