Problemas comunitarios (urge)

Ante todo perdonad por ir metiendo prisas pero es que me hallo en una situación con poco margen de tiempo.Soy presidente de una pequeña comunidad de vecinos en Gijón-Asturias y acabo de recibir un buró-fax de un propietario que reside fuera. El caso es que estamos en medio de unas obras para cambiar la cometida general de Agua entre otras cosas y la empresa municipal de Aguas nos propuso instalar un contador único (hasta ahora los tenemos individuales)ofreciéndonos una serie de ventajas. En reunión celebrada el 10-3-06 acuden todos los vecinos excepto el citado(que por otra parte no acude nunca)pese a haber sido debidamente avisado.Se acuerda por unanimidad de los presentes la obra incluyendo el tema del contador siendo considerada este acta como suficiente para la empresa de aguas para acometer la obra. Bien, pues 40 días después es decir hoy, recibo el buró-fax instándome a celebrar una nueva reunión pues el no da su permiso para la obra.El problema es que la obra ya esta pagada y prácticamente finalizada.Mi duda es ¿qué hacer? Porque no puedo echar abajo toda la instalación de fontanería. ¿En qué medida afecta a sus derechos todas sus irregularidades? A saber:
- No tiene al día los pagos comunitarios.
- No ha pagado la derrama de la obra pese a ser avisado por correo certificado la semana siguiente a la reunión y dàndosele una fecha tope de pago acordada en la reunión.
- No asistió a la reunión pese a ser avisado con 15 días de antelación.
Gracias por adelantado

1 Respuesta

Respuesta
1
El impugnante no tiene derecho de voto en tanto no se ponga al corriente del pago de las deudas con la comunidad, tal y como establece el artº 15.2º LPH.
Procede reclamarle la derrama acordada en los términos del artº 21 LPH.
Pero no van a poder evitar Vds que impugne el acuerdo ce la Comunidad, ya que esta clase de propietarios es muy típica.: Son los que más protestan, pero los que más tardan, si lo hacen, en cumplir con sus obligaciones.
Obtengan un certificado del Servicio de Aguas en el que se declare necesaria para la adecuada conservación del edificio y para su habitabilidad y preceptiva la obra que han llevado a cabo

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas