Cese de acividad
Llevo seis años ejerciendo una actividad como profesional liberal (arquitecto), el caso es que hace unos meses adquiri una vivienda la cual destine en un 49% a la actividad con la liquidacion del iva correspondiente a esta parte proporional. Mi pregunta es la siguiente: ahora que voy a cesar la actividad, que ocurre con este iva que declare? He de abonarlo?
gracias
gracias