¿Deben cotizarse las prácticas remuneradas?
Hola, expertos!!!
Trabajo en una gestoría y se me ha dado un caso que no me queda claro del todo. Tengo a un licenciado en administración y dirección de empresas haciendo un curso de postgrado. Dicho postgrado incluye prácticas remuneradas en empresa y no me queda claro si esas prácticas remuneradas en empresas deben o no ser cotizadas. Se ha firmado un convenio de colaboración entre la universidad que imparte el postgrado y la empresa en la que se desarrollarán las prácticas. Dicho convenio dice que se retribuirán para cubrir los gastos de desplazamiento y manutención de aquéllos que las realicen. He mirado la legislación y según el RD 1493/2011, sí deben cotizarse. Sin embargo, el RD 1707/2011 dice que las prácticas externas no son cotizables. ¿Qué normativa debo aplicar? ¿Alguien puede ayudarme?
Agradezco cualquier ayuda. Gracias de antemano!!