Jornada laboral de 35 horas semanales
Tengo por convenio jornada laboral de 35 horas de lunes a viernes. Supongo que estas horas se reparten por igual de modo que mi jornada laboral serian de 7 horas diarias. Debido a la situación de crisis muchos días no cubro mis siete horas diarias.
Mi pregunta es:
Pueden exigirme que, por ejemplo, si un día solo hago 5 horas de trabajo y al día siguiente 9, que sean compensadas las horas no trabajadas el día anterior con las horas del día siguiente?
O las 2 horas de mas que e echado ese día se considerarían horas extras?
O bien habría que hacer el computo total de horas al cabo de la semana?