Condiciones mas beneficiosas "establecidas"

Buenos días, trabajo en el sector de la limpieza.

Les explico el caso que tenemos entre manos, trabajamos en un centro que funciona con contratas periódicas, nosotros los trabajadores tenemos una media de 25 años de antigüedad mientras que las empresas que vienen suelen hacerlo cada 2 años mas o menos .

Bien la ultima que tenemos ahora, no nos da 3 días que disfrutábamos como reducción de jornada.

Ellos, la empresa, alegan que no tienen por que dárnoslos por que trabajamos las horas del convenio y no tenemos exceso de jornada. Mientras que las empresas anteriores nos lo daban.

Nosotros les decimos que nuestro convenio pone:

Artículo 32. Condiciones más beneficiosas.
Las empresas respetarán las condiciones más beneficiosas que tuvieran establecidas en favor de su personal.

¿ quien tiene razón?

¿ podemos reclamar esos días como condiciones mas beneficiosas establecidas, en el tiempo?

Un saludo y gracias de antemano.

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