¿Me corresponde la dieta?

Hola a todos y gracias anticipadas por la respuesta.
Soy conductor de autocares de servicio discrecional en la Comunidad de Madrid. Llevo cuatro años trabajando en esta empresa haciendo siempre un turno de tarde desde las 14,00 h. A las 00,00 h. Aprox. Que terminan mis servicios de conducción. Hasta ahora disponía para la cena de una hora y cuarto mas o menos, como la empresa me permitía ir a casa con el autocar, y a mi me venia bien, no les he reclamado la dieta y ellos me pagaban la cena solo cuando no podía ir a casa y tenia que quedarme en algún lugar esperando para un servicio. Ahora me han cambiado los horarios de los servicios y me quedan solo 30 minutos para cenar en el garaje de la empresa que me queda de paso entre un servicio y otro, pero no me quieren pagar la dieta. Este es el convenio que nos aparece en el contrato: "Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera de la Comunidad de Madrid con Vehículos de Tracción Mecánica de mas de nueve plazas, incluido el conductor". Hace un tiempo me dijeron que había dos convenios que eran de aplicación, el citado anteriormente y este: CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA (DISCRECIONALES Y TURÍSTICOS, REGULARES TEMPORALES Y REGULARES DE USO ESPECIAL), pero nos pagan conforme al primero. La pregunta es: ¿corresponde que me paguen la dieta de la cena? La empresa dice que en el convenio solo se señala horario para la comida en los turnos de mañana, y que la cena no corresponde pagarla en un turno de tarde-noche.
Muchas gracias y un saludo.

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