Prestación de la baja por riesgo en el embarazo

Buenos días,
En estos momentos estoy embarazada de mellizos. Tras dos meses de baja por IT por amenaza de aborto la Seg. Social me ha dado el alta puesto que dicen que ya no hay peligro y que puedo trabajar.

En mi empresa he solicitado la baja por situación de riesgo durante el embarazo debido a mi puesto de trabajo. Trabajo en el control y vigilancia en las obras de construcción. Mi duda a este respecto es si voy a cobrar las pagas extraordinarias de junio y diciembre. El sueldo que yo pacté con la empresa está dividido en 14 mensualidades. Mi convenio es el de la Construcción de la provincia de Barcelona en el que se indica "A los trabajadores que hayan permanecido en situación de incapacidad temporal se les calcularán las gratificaciones en razón de los días u horas efectivamente trabajados, según la norma del apartado 4, y respecto a los días en que hayan permanecido en situación de incapacidad temporal, se les calcularán las gratificaciones a razón del 25% de las que les hubiesen correspondido en el supuesto de hallarse en activo y con independencia de la parte de gratificación que hayan podido percibir de la Seguridad Social, incluida en el montante de las indemnizaciones por incapacidad temporal."
La verdad es que no me queda nada de claro.

Por otro lado, me gustaría que me aclararan cómo se calcula la prestación a recibir, ya que según he leído se toma la base de contingencias comunes del último mes, y en mi caso ese último mes fue integro como incapacidad temporal por la Seg. Social. Por lo tanto, ¿se debe tomar realmente el último mes o debe ser el último mes en el que se haya trabajado con normalidad (en mi caso sería marzo)?


Por favor, agradecería si alguien me pudiera aclarar esto.
Muchas gracias

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