Conceptos para cálculo de indemnización por despid

HOla! En primer lugar indicar que antes de preguntar he leído bastantes preguntas ya contestadas en su página web pero aún se me plantean algunas dudas.
Suponiendo un despido improcedente y una antigüedad de unos 9 años y nuestras nóminas incluyen:
Sueldo base
Transporte
Horas extra
Complemento 1
Complemento n
Me he fijado y la base de cotización (sin sumar la prorrata de la paga extra) no equivale a la suma de los conceptos anteriores. ¿Eso es correcto?
Los complementos pueden varias de un mes a otro (por ejemplo en los meses de julio, agosto y septiembre directamente no hay) Entonces
¿Para el calculo del salario por día se toma
1. Exclusivamente la base de cotización de la ultima nómina (independientemente de que dicha nóminca incluya o no complementos), o bien,
2. El resultado de computar todos los complementos (ya que varían mensualmente), horas extras y demás del último año, o bien,
3. El resultado de computar todo lo anterior para toda la antigüedad en la empresa
?
Espero haberme explicado adecuadamente. Pero es que no tengo nada claro como se hace el cálculo.
Muchas gracias.
Respuesta
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El método de cálculo no está especificado en la legislación. Normalmente el juez te aceptará calcularlo con el método 2, porque tu salario seguro que es anual según el convenio.
En cuanto a la base de cotización, lo normal es que entre el salario y los complementos, pero no el transporte ya que se supone que es una compensación de gastos. Pero si en ese transporte hay un salario encubierto (porque supera el importe del plus de transporte establecido en el convenio sin que existan los justificantes de esos supuestos viajes) entonces en la demanda puedes pedir que se incluyan para el cálculo de la indemnización.

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