Excedencia y pluriempleo
Desde 05/2006 trabajo en una empresa.
En 12/2006 empiezo a trabajar también en otra en pluriempleo.
En 01/2007 solicito excedencia por cuidado de hijo en esta ultima
En 05/2008 tengo dos nuevos hijos y solicito se interrumpa la excedencia indicada y se inicie una nueva según el art 46.3 del et.
La empresa que la concede pero la tgss le dice que no puede admitir un nuevo periodo asimilado al alta por haber estado en otra empresa durante la excedencia anterior. La casualidad ha sido que la primera empresa era la administración publica y no se por que motivo, han variado el nombre y el ccc de la misma, antes era una consejería y en 01/2008 ha pasado a ser la junta de andalucia, aunque el contrato era el mismo, pero la tgss considera como que me puse a trabajar en otra empresa durante la excedencia, cuando el caso real es que el pluriempleo era previo a la excedencia y que la baja en la consejería y el alta en la junta de andalucia de 01/2008 no obedece a nuevo contrato sino a cambios administrativos.
¿Pueden negarme realmente este nuevo periodo asimilado al alta?
Yo lo que digo es que si me admitieron la primera excedencia estando en pluriempleo, en una de ellas, ahora deben hacerlo también, pues mi situación es idéntica a la primera.
Saludos.
En 12/2006 empiezo a trabajar también en otra en pluriempleo.
En 01/2007 solicito excedencia por cuidado de hijo en esta ultima
En 05/2008 tengo dos nuevos hijos y solicito se interrumpa la excedencia indicada y se inicie una nueva según el art 46.3 del et.
La empresa que la concede pero la tgss le dice que no puede admitir un nuevo periodo asimilado al alta por haber estado en otra empresa durante la excedencia anterior. La casualidad ha sido que la primera empresa era la administración publica y no se por que motivo, han variado el nombre y el ccc de la misma, antes era una consejería y en 01/2008 ha pasado a ser la junta de andalucia, aunque el contrato era el mismo, pero la tgss considera como que me puse a trabajar en otra empresa durante la excedencia, cuando el caso real es que el pluriempleo era previo a la excedencia y que la baja en la consejería y el alta en la junta de andalucia de 01/2008 no obedece a nuevo contrato sino a cambios administrativos.
¿Pueden negarme realmente este nuevo periodo asimilado al alta?
Yo lo que digo es que si me admitieron la primera excedencia estando en pluriempleo, en una de ellas, ahora deben hacerlo también, pues mi situación es idéntica a la primera.
Saludos.