Renunciar a la herencia en una notaria distinta

Tengo una duda sobre la renuncia de la herencia. Le explico un poco, somos 4 hermanos, uno ha fallecido y al no tener hijos, ni padres la herencia pasa a los otros 3. Estos tres hermanos no nos llevamos bien y vivimos en lugares distintos de España. Yo quiero renunciar a mi parte de la herencia. Mi duda es si puedo hacer la renuncia en la notaría que tenga más cerca de casa y comunicar a mis dos hermanos en que notaría lo hice para cuando decidan hacer la declaración de herederos que sepan que yo he renunciado y dónde lo hice. O si tengo que enviarles alguna copia, es que este paso no lo tengo muy claro. En un principio ya se que lo normal seria hacerlo todo en la misma notaría y al mismo tiempo pero mi pregunta es si se puede hacer por separado y notarias distintas.

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Si usted desea desentenderse de todos los asuntos relacionados con la herencia, lo que le aconsejo es que haga renuncia a su condición de heredero conforme a lo que determina el art. 833 del Código Civil ante Notario.

Si por el contrario hace lo que usted señala, ha aceptado la herencia y posteriormente renuncia a ella, partiendo del hecho incontestable que nadie puede renunciar a algo que no está bajo su posesión y legal dominio, la Hacienda Pública le girará un procedimiento por vía de apremio para que abone el Impuesto de Sucesiones por un lado y el Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, porque la herencia aunque sea un minuto ha estado en su posesión.

Lo puede hacer en cualquier Notaría y pedir que lo remitan a la que están haciendo los trámites o bien en esa misma.

Ruego cierre y valore

Muchas gracias, creí que me había explicado bien pero yo me refería a renunciar a la condición de heredero para no pagar luego a hacienda. Me gustaría que me aclarase una cosa mas. En estos momentos a causa de desavenencias entre los hermanos no se ha hecho nada con la herencia. Mis dudas son:

-Si yo hago la renuncia como heredero ¿la notaria me entrega a mi los papeles hasta que mis otros hermanos decidan hacer declaración de herederos?¿O se quedan en la notaria?

-En caso de que hubiese algún problema con los bienes y todavía no hubieran heredado mis hermanos ¿A mi me podrían reclamar alguna cosa o a todos los efectos yo renuncio a partir de la fecha en que realice la renuncia en la notaria? Me refiero que si simplemente mostrando la renuncia a mi ya no me podrían reclamar nada.

Espero haberme explicado bien, con estas dos dudas resueltas ya cerraría la pregunta. Muchas gracias.

Se me olvidaba preguntarle una cosa, y es que documentación haría falta para realizar esta tipo de renuncia. ¿Hace falta entregar algo o simplemente con mi DNI seria todo?

Puede usted acudir como le dije a la notaría donde estén los documentos de la herencia y otorgar allí, o en cualquier otra. A partir de ese momento queda usted deligado totalmente de cualquier cuestión con la herencia. Deberá aportar un elemento de prueba de que usted es hermano del fallecido, por ejemplo, con una partida de nacimiento literal que deberá solicitar en el Registro Civil de la localidad donde nació.

¿Ruego cierre y valore?

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