Disponer dinero cuenta fallecido siendo autorizado y heredero único

Mi abuelo falleció y yo, siendo autorizado de su cuenta dispuse del dinero de la misma mediante una transferencia. Yo soy el heredero único de mi abuelo, tengo la copia autorizada del testamento y así lo acredita. Lógicamente voy a cumplir con todas mis obligaciones como heredero pagando el impuesto de sucesiones en cuestión.

Mi duda es si el banco puede denunciarme por haber dispuesto del dinero después del fallecimiento de mi abuelo. Pensaba que al ser único heredero podría disponer de el pero ahora me entran las dudas. El otro día fui a pedir el certificado de saldos para poder liquidar el impuesto lo antes posible y no me dijeron nada.

Lógicamente, se que con hacienda no tendría ningún problema, tampoco con otros herederos porque no hay, mi duda es con el banco. Se que son responsables subsidiarios si no pago el impuesto de sucesiones pero no va a ser así porque lo voy a pagar. ¿Me pueden pedir cuentas por alguna otra cosa?

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La ley establece que los bancos están obligados a bloquear las cuentas al saber del fallecimiento del titular y no liberar los saldos y ponerlos en manos de los herederos, sin que se les presenten la aceptación notarial de la herencia y el resguardo del pago de los impuestos de sucesiones.

Pero no están obligados a darse por enterados.

O sea, que si no se enteran, no bloquean y no pasa nada.

Por otro lado, ya hay sentencias que sientan jurisprudencia respecto a la responsabilidad de los bancos del pago de los impuestos.

Estas sentencias vienen a decir que hacienda tiene poder más que suficientes como para exigir el pago.

No tiene porque convertirse en recaudador de hacienda un banco.

Así que nada.

Usted puede ir a pedir el certificado de saldos al día del fallecimiento, que es el documento que necesita para aceptar la herencia ante notario, luego paga sus impuestos y listo.

Por otro lado, el banco no va a denunciarle.

Máxime porque seguramente (no conozco el dato en concreto), el mismo banco ha "metido la pata" al aceptar que usted pueda ser autorizado de esa cuenta. Me refiero al caso en que en esa cuenta su abuelo cobrara la pensión.

Así que no se preocupe.

Un saludo y no olvide finalizarme la pregunta.

Hasta otra.

He contestado a su pregunta y le pedía me la finalizara.

¿Podría hacerlo?.

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