He heredado una finca rústica que está arrendada. ¿Qué puedo hacer?

Mi pregunta es si la muerte del arrendador extingue el contrato de arrendamiento,y si no es así, si puedo modificar las condiciones del contrato.

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Los derechos del arrendatario no son alterados por el fallecimiento del arrendador.

Solamente habría que leer detenidamente el contrato por si pudiera haber algún "resquicio" legal.

Por ejemplo, que se fije un tiempo de duración del alquiler.

O que se alquilara para cultivo y haya puesto una ganadería de vacas.

O que no pudiera construir y lo haya hecho, aunque sea un granero.

O que lo haya subarrendado en parte o en la totalidad.

O que se dedique a una actividad ilegalmente, sin tenerla de alta.

En fin, que en principio, el contrato ha de respetarse en los términos en que está redactado.

Solo puede buscarse algún motivo legal para rescindirlo.

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