Renuncia a herencia castilla y león

Ha fallecido mi padre, mi madre ya falleció hace 9 años y heredamos una casa de la que mi padre era usufructurario. Mi hermano ha renunciado a la herencia de
mi padre, porque tiene deudas y no quiere pagar impuestos,ni que le
embarguen, quedamos otros dos hermanos herederos. ¿Cómo pagamos su parte
en el impuesto de sucesiones,hay
que meterle en algún momento o adjuntar su renuncia? ¿Se considera esta
renuncia una donación o se integra en la masa hereditaria de los dos
hermanos de algún modo? ¿Es decir hay que pagar por el valor de la casa y
herencia de mi padre entre los dos que quedamos o a parte pagar
impuesto donaciones? ¿La casa de mi madre (de la que mi padre era
usufructurario) que ya está a nombre de los 3 hay que volver a pagarla
en el impuesto de sucesiones?. Es en Castilla y León.Muchas gracias de
antemano.

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Si la casa era privativa de su madre, es decir no tiene su padre un 50% de gananciales, lo único que tienen que hacer es extinguir el usufructo. SI su hermano ha renunciado esperemos que lo haya hecho con la fórmula "pura y simplemente" lo que quiere decir que acrece al resto de herederos y por lo tanto ni el pago ningún impuesto ni se considera que el resto reciben ninguna donación

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