Dudas sobre la herencia de una casa de mi pareja con la que no estoy casada

Hola buenas tardes y gracias por estar en esta página ayudando a dar información.
Mi consulta es la siguiente;
Vivo en casa de mi pareja que es de su propiedad. No estamos casados. El ha decidido dejarme heredera de su patrimonio si fuera el caso que faltara el antes que jo.
¿Supuesto el caso que fuera el primero el que faltara me podría perjudicar alguien de su familia en cuanto a la herencia?
En segundo lugar; ¿Una vez hagamos estos tramites jo también tendría que hacer herencia de lo que me dejara el? Jo personalmente no poseo propiedades para poder hacerla en estos momentos a favor de el solo tendré lo que el me deje si fuera el caso que falta primero el.
Un saludo Cordial

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1
Estimada (xxxxxx),
En primer lugar para contestar adecuadamente necesitaría saber la ciudad de residencia de tu pareja (esto determina la legislación aplicable).
El lugar de residencia es Barcelona y Gerona.
Estimada (xxxxxx),
En Cataluña la pareja de hecho tiene los mismos derechos que el cónyuge. Tu pareja puede hacer testamento dejándote todo, sin perjuicio de la legítma de los hijos (si los tiene) o, en su defecto, de los padres (1/4 parte).
Tu también puedes hacer testamento a favor de tu pareja aunque no tengas bienes. Puede que en el futuro si los tengas.
Hola Buenos días.
necesito una pequeña aclaracion;
¿Qué tipo de herencia debo hacer jo? ¿Si no tengo nada y en un futuro pudiera tenerlo? ¿Cómo me dices anteriormente?.
¿Es importante que me empadrone en el domicilio donde vivimos? Por otras circunstancias sigo empadronada en el domicilio de mis padres. ¿Puede perjudicar en cuanto al testamento y en cuanto a pareja de hecho? Gracias.
Estimada (xxxxxx),
El hacer testamento no tiene nada que ver con la herencia. Al hacer testamento lo único que se hace es dercir quienese serán los herederos de uno al tiempo del fallecimiento. Por eso puedes hacer testamento aunque no tengas bienes. Además el testamento se puede cambiar cuando quieras porque no se da nada en vida.
Por otro lado convendría que ambos os empadronarais en el mismo domicilio para poder acreditar la convivencia.

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