Dudas herencia

Buenas noches, mi consulta es debido a que falleció mi abuela y siempre hay alguna persona a que le gusta complicar las cosas. Le explico desde el principio.
Mis abuelos tuvieron 7 hijos, uno de ellos falleció (mi madre exactamente)y dejaron testamento, siendo en usufructo para el que primero falleciera.
Primero falleció mi abuelo dejando en usufructo a mi abuela todos los bienes (vivienda habitual y cuentas bancarias), mi abuela acogió a dos de mis tíos tras su separación, (uno de ellos, mi tía que tiene un niño menor de edad a su cargo y una minusválida psíquica del 67%, y sin ninguna propiedad).
Mi abuela falleció hace cosa de 1 mes y estamos pendientes de que se arreglen los papeles para la partición de la herencia entre mis 6 tíos y yo (al corresponderme la parte de mi madre fallecida)y su aceptacoión. Solo que hay uno de mis tíos que quiere desde ya según dice él, sacar un beneficio de la casa de mi abuela, exactamente alquilando las habitaciones a inmigrantes, cosa que nos negamos porque el resto queremos dejar en usufructo la vivienda a mi tía porque no tiene donde vivir.
Por lo que te agradecería que por favor me resolvieras estas dudas:
- ¿Sin haberse hecho la partición y aceptación de herencia tras la muerte de mi abuela, puede ya decir que es suyo el piso y tener libre acceso cuando el quiera?(Cuando falleció mi abuelo si arreglamos los papeles, falta ahora lo de mi abuela, se considera en ese caso el testamento abierto)
- ¿Teniendo él vivienda habitual en propiedad y siendo esta la residencia habitual de mis dos tíos, se puede instalar a vivir a sus anchas en la vivienda?
-Si se llega a instalar como ya ha amenazado que va hacer en unos días en esa casa, ¿se le puede obligar a que asuma entonces los gastos de la vivienda? Porque conociéndole querrá que le paguemos sus gastos los demás y el vivir del cuento.
-¿Puede meter a quien quiera en la casa?
Ya hemos pensado en comprarle su parte para quitárnoslo del medio, pero nos preocupa lo que pueda pasar hasta que se firmen los papeles y acceda .
- Por cierto si alguno de mis tíos quiere su parte queda el importe reflejado en algún sitio que le corresponde, o en el momento que lo solicite se determinan los importes . Principalmente porque el mercado de la vivienda no esta igual ahora que a lo mejor más adelante y algunos pueden no querer su parte en metálico del piso actualmente pero cuando se revalorice de nuevo el mercado si. ¿Existe alguna forma de evitar que esto pase si pudiese pasar?
Muchas Gracias de antemano

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Primero: Para poder disponer de algo, hay que ser propietario. Y mientras no se acepte la herencia ante notario. No se es propietario de nada.
Si todos están de acuerdo en el que esa madre con su hijo discapacitado se quede enla casa... la aceptación de la herencia se puede retrasar un montón.
Con no ir a aceptarla, el otro se encuentra solo y nada puede hacer.
Segundo: Desde el momento que esa madre está viviendo en el piso, el mismo se ha convertido en su domicilio. Nadie puede entrar sin su permiso. Por muy heredero que se sea y por muchas herencias que se acepten.
Es el domicilio de ella y puede cambiar las cerradiuras y solo entrará aquel a quien ella deje paso libre.
Si encima está empadronada, tiene el DNI, con ese domicilio, tiene facturas a su nombre con el domicilio y tiene a varios hermanos a su favor como testigos... Pues está claro, ¿no?
Así que a cambiar las cerraduras, y nada de que se instale. Y si intenta forzar las cerraduras, se llama a la policía.
Y por otro lado, eso de meter a quien quieraq en su casa, ni soñarlo. Primero, porque es el domicilio de otra persona y él no tiene libre entrada, y segundo, porque aunque no hubiera nadie viviendo en el piso, para alquilarlo, cederlo, venbderlo, reformarlo... para cualquier cosa, hacen falta las firmas de todos los propietarios. Debe haber unanimidad.
Respecto a la valoración del piso, ... Pues mire, hoy he visto en el telediario del medio día, que los pisos van a bajar un 30% y que no se espera una posible (y dudosa) recuperación hasta el 2012.
Pero bueno, eso no importa,.
El artículo 1062, del C´çodigo Civil dice: "Cuando una cosa sea indivisible, o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno, a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero".
(Y quien dice a uno, dice a dos, o a tres).
Osea, que perfectamente legal el que uno renuncie a su parte a cambio de dinero.
Por otro lado, como comprenderá esto es algo a lo que hay que llegar a un acuerdo. Y han de estar todos de acuerdo en el precio del valor del inmueble en ese momento.
Claro que si todos los hermanos están de acuerdo, y uno no... si hacen frente común, le pueden dar sopas con honda.
Tiene derechos. Y tiene derecho a demandarles. ... Pero le va a costar tal capital, que seguro, (como son tantos a repartir) que encima va a tener que poner dinero para pagar a los abogados y el juicio.
No se va a atrever ni loco.
Pero lo mejor, comprarle su parte y quitarse el problema de en medio.
Creo haber respondido a todo, pero si necesita alguna aclaración, no dude en planteármela.
En caso contrario, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.
Gracia.s

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