¿Testamento invalido?

Hechos:
Galicia.
Unidad familiar: Un matrimonio (Víctor y Benedicta) y una hermana de Benedicta
Viven en la casa del matrimonio, solos.
Régimen de Gananciales
Pensionistas (los tres)
Tienen 2 Hijos, José Manuel y Mº Carmen, ambos casados y fuera del hogar familiar de sus padres.
El matrimonio esta muy delicado de salud y sus ingresos hospitalarios por largas temporadas son habituales, de hecho, Víctor muere en Agosto de 2000.
El 17 de Marzo de 2000, ambos cónyuges otorgan testamentos iguales según cuaderno particional elaborado por ambos. No me consta liquidación previa de la sociedad de gananciales.
En el testamento abierto de Víctor deja, según el propio cuaderno particional, bienes específicos a sus dos hijos, quedando José Manuel con una parte mucho más importante que la que le queda a MªCarmen.
Asimismo, en el testamento de Víctor lega fincas privativas de su esposa (por herencia), a su hijo José Manuel.
El Testamento de Benedicta dice exactamente lo mismo que el de Víctor.
El 25 de Julio de 2000, Víctor fallece.
La razón, reiterada por ambos cónyuges y mantenida actualmente por Benedicta sobre la diferencia de cupos en su testamento, es que José Manuel queda mejorado por que le queda la obligación de cuidar y atender a sus padres y a la hermana de Benedicta, aunque esta circunstancia no consta escrita en ningún sitio. Según Benedicta, es su hijo José Manuel, el que corre con las gestiones de la partición de la herencia.
En Noviembre de 2007, Benedicta y su hermana, imposibilitadas para vivir solas, se trasladan a vivir a casa de su hijo José Manuel. Hasta esta fecha, Benedicta pasa diversas temporadas hospitalizada siendo atendida por igual por ambos hijos, mientras su hermana sigue en la casa de su sobrino José Manuel.
En Abril de 2009, Benedicta discute con su hijo José Manuel y se traslada con su hermana a vivir con su hija MªCarmen.
Revisados en ese momento los testamentos, se observa que en la adjudicación de los Testamentos de ambos cónyuges, se le asigna un valor catastral a la casa familiar, resultando como unas ocho veces menor que su valor de mercado por lo que creemos que la parte que le quedo a MªCarmen es inferior a la legitima legal.
El 28 de Abril de 2009, Benedicta otorga nuevo testamento dejando como heredera universal a su hija MªCarmen y a su hijo José Manuel con la legitima estricta.
Preguntas:
¿Se puede invalidar el testamento de Víctor dado que la diferencia de cupos se debió a una condición no escrita de cuidar a sus padres y a este lo cuido su mujer y a Benedicta y a su hermana sólo las cuido durante 15 meses pasando ahora la responsabilidad a la otra hija?
¿Se puede invalidar el testamento de Víctor por haberse otorgado en una situación delicada de salud (a 4 meses de su muerte) y en una situación de dependencia psicológica de su hijo José Manuel, dado que este vivía mucho más cerca de sus padres que Mª Carmen y creían que en caso de necesidad siempre seria más factible recurrir a este?
¿Se puede impugnar el testamento de Víctor en la medida que creemos que a Mª Carmen le quedó menos de la legitima y también en las tres fincas que eran privativas de Benedicta y que le otorga a José Manuel?
¿En cualquier caso, el testamento de Víctor deja los bienes en su 50% y ahora al ser MªCarmen la heredera universal de su madre, pasaría a tener el 100% del 50% (salvo la legitima) por la parte de su madre, y del otro 50%, tendría el 100% en lo que le dejó su padre y el 50% de lo que le dejó el Padre a su hermano José Manuel?

2 respuestas

Respuesta
1
Primero. Su pregunta está clara que pretende invalidar los testamentos.
Pero para eso, hay que pasar por los tribunales y en los tribunales no valen declaraciones de que "dijo esto o dijo lo otro".
Lo que valen son los "papeles".
Aquí, hay dos herencias: La de Víctor y la de Benedicta.
Víctor ha fallecido, pues lo que vale es el reparto que en su testamento hace.
Las herencias se duividen en tres partes:
Un tercio es la legítima estricta y es a dividir entre los hijos a partes iguales.
El segundo tercio se llama "de mejora" y en él, se puede mejorar a un hijo respecto a los demás. Este tercio, el testador puede repartirlo como quiera, pero es para los hijos. Pero también puede dejarlo entero a un hijo y nada al otro.
El tercer tercio se llama de "libre disposición". Y puede dejarlo a quien quiera: Para los hijos, a uno solo, a un vecino, a un amigo, a una ONG... a quien quiera.
Por tanto, si son dos hijos, porde dejar a uno la mitad del primero y los dos restantes, con lo que un hijo cogería un 16,67% y el otro un 83,33%.
Segundo: Benedicta deja heredera universal a Carmen y a Jose Manuel la estricta legítima, es decir, que de su 50% deja a Jose Manuel el 16,67% y a Carmen el 83,33%.
Totalmente legal.
Tercero: El intentar invalidar el testamento de Víctor, puede intentarlo si quiere, para eso están los tribunales, pero la verdad, creo que no le va a servir de nada.
Los repartos, pueden hacerlos como he dicho. Otra cosa es que adjudique a uno cosas concretas y que el valor de estas cosas sea tan grande que la extrricta legítima del otro se vea reducida. En ese caso, las posibilidades de ganar son casi del 100% y los jueces dictaminan que el más beneficiado pague al otro hasta compensarle por la legítima que le corresponde.
Lógicamente esto pasa por contratar abogados, procuradores, demandar, (costas judiciales), peritos... tasadores... Ya cada uno vea si le merece la pena.
Cuarto: Dice que Víctor lega fincas privativas de su esposa (de herencia). Pues miren el registro de la propiedad. Está claro que ue las herencias son personales. Que no entran en gananciales.
Si Benedicta hereda unas fincas, sun suyas. Solo suyas, salvo que haya ido a un notario y haya puesto las fincas a nombre suyo y de Víctor.
Por tanto, lo que vale es lo que hay en el registro de la propiedad. Si las fincas están a nombre de Benedicta, Víctor no puede incluirlas en su testamento. Esa cáusula queda invalidada.
Bueno, su pregunta es bastante larga y con muchos interrogantes.
He contestado como he podido, pero hay algunas de mis contestaciones que valen para varias preguntas.
Ya lo lee todo, yo lo he repasado y me parece que está todo aclarado, pero si le queda alguna duda, no dude en consultarme.
Me hace la pregunta concreta y con mucho gusto le contesto.
Si no tuviera más que añadir, le ruego finalice la pregunta.
Respuesta
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Por Dios Por dios.
Más que una pregunta parece un testamento.
Haber, los testamento siempre se pueden impugnar, y para ganar tienes que demostrar lo que dices.
A partir de esto, ¿te queda alguna duda?
Siento haberme extendido, pero entiendo que facilitar el mayor numero de datos es bueno para situarse en la cuestión.
¿Podrías ser más concreta en las respuestas, dado la amplitud de datos aportados?
Gracias.
Vamos allá y por partes
1.-¿Se puede invalidar el testamento de Víctor dado que la diferencia de cupos se debió a una condición no escrita de cuidar a sus padres y a este lo cuido su mujer y a Benedicta y a su hermana sólo las cuido durante 15 meses pasando ahora la responsabilidad a la otra hija?
A esta pregunta te contesto que no por la razón que expones, pues si respeto la legítima de Mº del Carmen, el resto lo podía dejar a quien quisiera.
Pero lo puedes enfocar de otra manera, por ejemplo, que el valor de lo heredado no era real, y que alguno bienes eran privativos de su esposa, por lo tanto el no podía disponer de ellos.
2.-¿Se puede invalidar el testamento de Víctor por haberse otorgado en una situación delicada de salud (a 4 meses de su muerte) y en una situación de dependencia psicológica de su hijo José Manuel, dado que este vivía mucho más cerca de sus padres que Mª Carmen y creían que en caso de necesidad siempre seria más factible recurrir a este?
Aquí tendrías que demostrar que la salud mental de Víctor no era la adecuada en el momento de hacer el testamento, y eso si sería casi imposible
3.-¿Se puede impugnar el testamento de Víctor en la medida que creemos que a Mª Carmen le quedó menos de la legítima y también en las tres fincas que eran privativas de Benedicta y que le otorga a José Manuel?
A esta te la contesto en la primera.
4.-¿En cualquier caso, el testamento de Víctor deja los bienes en su 50% y ahora al ser Mª Carmen la heredera universal de su madre, pasaría a tener el 100% del 50% (salvo la legítima) por la parte de su madre, y del otro 50%, tendría el 100% en lo que le dejó su padre y el 50% de lo que le dejó el Padre a su hermano José Manuel?
Esta última me cuesta entendértela, por lo que te contesto por lo que "creo" me quieres preguntar.
En el caso de que el testamento de Víctor no se toque, Juan Manuel tendría la propiedad de un 1/3 del 50% de Víctor, más½ de 1/3 del 50% de Víctor, más la nuda propiedad de 1/3 del 50% de Víctor, pues Benedicta tendría el usufructo de este ultimo 1/3.
Entonces Benedicta podría nombrar a Mª Carmen heredera universal y a Juan Manuel la legítima, con lo que se igualarían los dos, pasando a ser propietarios al 50% de todos los bienes, mitad Mª Carmen, mitad Juan Manuel.
Si impugnaras el testamento y logras invalidarlo por lo que te comento en el nº 1, de los bienes privativos de Benedicta, y esta nombra a Mª Carmen su heredera universal, esta se vería beneficiada por Benedicta, pues le dejaría el 50% de los gananciales más los bienes privativos de su herencia, siempre respetando la legítima de Juan Manuel
Víctor 50% = JM- Propiedad de 3/6 + Nuda propiedad de 2/6   y   MªC- 1/6
Benedicta 50% = MªC - propiedad de 5/6 y JM= propiedad del 1/6
Con este ejemplo veras que en las manos de Benedicta esta el poner las cosas en su sitio, y no te digo nada si consigue demostrar lo de los bienes privativos, entonces Mª Carmen saldría más beneficiada
¿Entiendes algo?

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