¿Hemos sido engañados?

Gracias por su atención, mi consulta es la siguiente: Mi padre falleció hace tres años y hizo herencia, la cual decía que los heredores universales de los bienes sería el cónyuge superviviente respetando la legítima. Somos tres hermanos y mis padre casados por los fueros de aragon tenían bienes gananciales. Mi madre y mi hermana fueron al notario a realizar la aceptación de herencia, mo hermano y yo no, que yo sepa toda la documentación se realizo a nombre de mi madre. Posteriormente mi madre no se si vende o realiza una donación de un piso a mi hermana. Después de esto mi hermano y yo nos preguntamos, ¿se podía hacer esa transacción del piso? ¿No tenemos que haber ido al notario para lo de la herencia también mi hermano y yo? No nos pertenece desde el fallecimiento de mi padre la llamada (xxxxxx) (¿qué no se lo que es exactamente) o eso sería cuando fallezca mi madre? También había créditos hipotecarios por pagar al fallecimiento. Muy agradecido.

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La (xxxxxx) es la parte de la herencia que reciben los herederos forzosos de un fallecido.
La herencia se divide en 3 partes;
 1/3 para los herederos forzosos, (xxxxxx)
1/3 de mejora
1/3 libre dispocision
Por lo tanto 1/3 se divide entre los hermanos y 2/3 es de la esposa, nombrada heredera universal.
La aceptación de herencia no se puede hacer si no están todos los herederos presentes y es aceptada por todos.
Lo que dices habla de muchas irregularidades. Si el piso no estaba registrado, igual se inventaron una escritura y tu madre dono de manera fraudulenta.

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