Gastos en una herencia

Ha fallecido mi padre, y somos 2 hermanos y yo, quiero saber que gastos me supondrá la aceptación de la herencia, ya que dudo en aceptar o renunciar.
Mi padre tenia un piso, una cantidad de dinero, unas acciones y una plaza de parking.
¿Necesito saber con urgencia que gastos me vienen?

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Pues yo aceptaba sin dudarlo. Los gastos son mínimos comparados con lo que vale todo lo que dice.
Pero los gastos nadie se los va a poder decir sin datos.
Me explico:
Usted va a pagar impuestos por lo que herede. Estos se sacan todos por tablas y porcentajes.
Como comprenderá, si hereda 20. Pagará menos que si hereda 100. Que será menos que lo que pagaría si heredara 180.
Si no sabemos cuanto vale el piso, ni cuanto dinero hay en la cuenta, ni el valor en bolsa de las acciones, ni lo que vale el parking... pues ya me dirá usted.
Pero es igual, porque tampoco se lo podríamos decir y me explico.
Hacienda tiene delegado este tema en las comunidades autónomas. Así que los impuestos no se los cobrará hacienda, sino su comunidad. Y cada una va por libre y aplica sus impuestos.
Y ahora están todas tendiendo a anular este tipo de impuestos.
Ya hay comunidades que no se pagan estos impuestos: Madrid, galicia, País Vasco, Asturias... en fin que la tendencia es anularlos y cualquier día los anulan en cualquier comunidad.
Por eso, con los datos, deben acercarse por la oficina liquidadora de su comunidad y que les digan un cálculo aproximado.
Verán, por ejemplo el piso. Se paga según sea su valor catastral. (Busquen algún recibo de IBI). Pero ese valor es muy bajo, no se parece en nada al real. Por eso, no cada comunidad, sino cada población, ciudad y pueblo, van actualizando su catastro. ¿Cómo va en su ciudad? Pues ni idea. De todas formas, ese valor catastral, hay que multiplicarlo con un coeficiente, que en cada población es diferente, por lo que le he dicho. Depende de lo actualizado que esté el catastro.   Y viene a oscilar, entre el 1,5 y el 4.
Y ya, según el valor que de, y el importe de los saldos en bancos y lo que valgan las acciones y tal y tal... pues ellos cogen unas tablas que tienen (distintas en cada zona) y le podrán decir un cálculo aproximado.
Imagino que una gestoría de su ciudad también lo debe de saber, y hasta habrán conseguido copia de las tablas que en su ciudad se utilicen.
En fin, que lo lamento, pero como verá, solo he podido orientarle.
Gracias, por contestar tan rapido.
El motivo de no querer aceptar la herencia, no es otro que la mala relación que tengo con mis hermano ya que no nos hablamos desde hace 12 años, y ellos no quieren vender el piso de mi padre sino alquilarlo, o incluso me han confirmado que uno de mis hermanos podría instalarse, en el piso ya que se ha separado. Con tal panorama, ¿no se si podría pedir la parte proporcional a mis hermanos?, ya que no quiero ningún vinculo con ellos.
Gracias
Ya empiezo a enterarme.
Primero, para rechazar la herencia, debe hacerlo ante notario. Aunque sea poco, algo de contacto va a tener con ellos.
Pero si usted no firma nada, los años pasan... y usted sigue manteniendo su derecho sobre parte del piso. Nadie podrá venderlo jamás. Y si lo alquila, siempre será ilegalmente, ya que habrían de firmar todos los propietarios. Y estar los copropietarios de acuerdo. Y falta usted.
Por otro lado, le voy a decir lo que dice el artículo 1062 del Código Civil: "Cuando una cosa sea indivisible, o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno, a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero".
Es decir, que pueden llegar a un acuerdo. Aunque sea a través de abogados, y al menos coger algo de dinero.
Pero además, el mismo artículo, continua: Pero bastará que uno solo de los herederos pida su venta en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, para que así se haga".
Es decir, que la Ley es muy clara. Que a nadie le obliga a estar en pro indiviso. Y que si los coherederos no llegan a un acuerdo de reparto, vía amistosa, la Ley ampara a cualquiera el derecho de demandar a los demás y liquidar la herencia, llegando incluso a la pública subasta.
En fin, que si lo pone en manos de abogado... pues si que puede pedir. Expóngale a un abogado el tema, y pídale presupuesto. O mejor a dos o tres. Y que sea él quien negocie.
O si no, pues ya sabe, va al notario, firma escritura de que renuncia a su herencia, y encarga al notario que les mande copia y notifique. Total, un poco de gastos y se olvida.
En fin, le deseo suerte.
Hasta otra.
(P.D. Finalice la pregunta.

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