Pensión de alimentos y compensatoria

Buenas tardes,
Soy abogada de oficio (nueva relativamente) y siempre pido en las demandas de divorcio lo típico..vacaciones, fines de semana, uso de la vivienda, pensión de alimentos..pero siempre me olvido de la pensión compensatoria....ya una vez presentada la demanda y con la vista el miércoles aahhhh!!!, je je porque ha sido adelantada por problemas de convivencia....puedo hacer algo?, ella no trabaja y el le ha cerrado las cuentas bancarias por lo que esta sin ingresos....alguien puede decirme cuando procede esta pensión?, y que puedo hacer a estas alturas?..muchas gracias...
Además de lo anterior, solicité se librara oficio a la Tesorería General de la Seguridad Social para ver la cotización del demandado y en función de lo que ganara pedir la manutención...la vista es el miércoles como he comentado y no tengo nada al respecto....que puedo hacer en la vista para exigir lo máximo posible?...puedo pedir que quede en suspenso hasta que llegue el oficio solicitado?, o hacer algo en consecuencia?...muchas gracias.

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La pensión compensatoria corresponde siempre que haya desequilibrio entre los cónyuges por el divorcio. Si ella no trabaja puedes pedir la compensatoria. Si es joven o tiene posibilidad de reintegrarse al mundo laboral será una compensatoria temporal y en otros casos puede ser vitalicia.

Respecto a lo que él gana, deberías tener una idea cuando presentaste la demanda, porque supongo que cuantificarías los alimentos que pediste. Sobre la misma base pide la compensatoria, aunque puedes modificar la cuantía en el acto de la vista si hay nuevos datos.

Respecto a cuando se pide, obviamente se pide con la demanda. En el acto del juicio puedes solicitarla aduciendo error grave, pero claro está, el abogado del marido te va a alegar indefensión y que ha precluido el momento de pedir. Hombre, pídelo de todos modos por el bien de tu cliente y si es necesario pide todas las disculpas del mundo, etc. etc.

Si hay problemas graves de convivencia no retrases la vista sólo por tu error, porque quizás perjudiques más a tu cliente. Evidentemente tendrás que ser tú quien lo valore.

Por supuesto, y con todo el cariño, te recuerdo que nuestra profesión debe tener un alto grado de entrega puesto que muchas veces somos la última y única opción de nuestros clientes, sean de oficio o no, por lo que es mejor asesorarse y estudiar antes que después.

Para cualquier cosa que necesites, como compañera, aquí me tienes.

Un abrazo,

www.escobarysanchez.es

Muchísimas gracias por tu respuesta!!, y siento mucho la metedura de pata, pero también decirte para tu tranquilidad que en su día me dijo que para ella no quería nada...lo que no me exime de que como su abogado debería de haber insistido. Te doy toda la razón y lo siento mucho. Un saludo

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