Pasar de custodia compartida a cederle la custodia a él. Dudas

Hola,

Me gustaría si es posible me aclaras algunas dudas

Estoy divorciada de mutuo acuerdo desde septiembre de 2011 con custodia compartida . Por razones de trabajo  (una hora y diez minutos en coche) vivo en una  ciudad diferente a la casa que tenemos en común mi ex y yo. (terminamos de pagar la hipoteca hace un año exactamente).Siendo buena la relación entre nosotros.. Decidimos de mutuo acuerdo en su momento poner cada uno mensualmente 400 euros en una cuenta en común  (para gastos de la vivienda.ibi, luz, gas, agua, comunidad, teléfono… más la  hipoteca de entonces: más o menos 400 euros al mes, y las extraescolares de los críos: 32x2 hijos y 26x2hijos). A parte los gastos de alimentación y vestido calzado, libros, peluquería de los dos crios…y gastos extras..

(Por entonces yo trabajaba media jornada puesto que mi hijo pequeño aún no tenía los doce.. Cosa que ha cambiado en septiembre de 2011. Actualmente, tengo yo jornada completa (1.660 euros) y mi ex no, cobrando 800 actualmente (cosa que puede variar favorablemente el curso que viene). Teniendo en cuenta estas circunstancia yo aporto 400 y él 200 (en verano, como no cobró yo puse mis 400 en julio y agosto.. él no), más a parte, y a medias, todos los gastos  que he comentado con anterioridad.

Él tiene una pareja, y yo más recientemente otra.. Se da el caso de que mi pareja puede trasladarse a  mi comunidad (Aragón) y vamos a vivir juntos..por lo que  la custodia compartida de la que disfruto hasta el momento se va a modificar. Con mi ex hemos acordado pasarle la custodia por entero… ( y poder beneficiarse  él, como familia monoparental) En qué condiciones quedaría yo? Cuánto debería pasarle por mis dos mis hijos, teniendo en cuenta que ya no hay hipoteca, y que ya no haría uso de luz gas agua?

Yo, para ver a mis hijos tengo que desplazarme siempre…es lo que me ”toca”. Él vive en la misma localidad y trabaja a quince minutos de la casa

Del piso  tengo claro que lo quiero vender o quedarme  con  la mitad, puesto que una vez acaben el instituto mis hijos,  a mí no hay nada que me retenga en  esa ciudad y no quiero saber nada de esa casa.. Mis hijos tienen en “mi” casa (la de mi abuela) un hogar conmigo..(hice reformas hace tres años y les adecué una habitación a cada uno para que pudieran venir o vivir cuando quisieran.)

Al cambiar de régimen de custodia qué derechos tengo yo sobre mis hijos..? Qué decisiones .. O qué autoridad pudo yo tener respecto  a su educación.. O demás cosas que le puedan afectar a ellos.?. Porque cambia la custodia, pero yo soy su madre y me preocupan ellos y quisiera poder seguir teniendo voz y voto.

Sé que es un consulta mi larga..ruego me disculpes..la ignorancia me pasa factura. Gracias por la atención. Un saludo

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En primer lugar, aunque la custodia la tenga sólo el padre, usted seguirá conservando la patria potestad de manera compartida con él. Es decir, el tomará las decisiones de diario pero las importantes (educación, sanidad, etc) deben seguir tomándolas a medias.

Respecto de la pensión de alimentos, pueden pactar lo que consideren más conveniente. El Consejo General del Poder Judicial tiene publicadas unas tablas orientativas. Para dos hijos, cobrando el padre custodio 800 y la madre no custodia 1600, la pensión es de aprox. 500'00€ mensuales por los dos hijos en conjunto.

Deberán acordar también el nuevo régimen de visitas (vacaciones, etc)

En cuanto a la vivienda, si no es en la que viven sus hijos, pueden acordar venderla o que uno compre al otro su parte

ante todo muchas gracias por la rapidez en responder.

La vivienda es nuestra, y nuestros hijos viven ahí..somos nosotros quienes cuando no corresponde hacemos uso de ella. cuando no estoy con ellos vivo a tres cuartos de hora en coche. y cuando me corresponde estar con mis hijos voy y vengo a mi lugar de trabajo que está a una hora y diez de nuestra casa. Lo que yo quería saber es si yo, cuando mis hijos ya acaben sus estudios en el instituto..puedo reclamar la parte que me corresponda del piso puesto que ya, con 18 años mis hijos o estudiaran carrera o trabajarán (si pueden) y en caso contrario de no poder trabajar ellos tienen casa conmigo puesto que la casa en la que yo vivo desde el divorcio (casa de mi abuela no mía) la adecué para que ellos pudieran estudiar y vivir allí cuando quisieran conmigo.

No quiero saber nada de la casa que tengo en común con mi ex una vez que mis hijos acaben el instituto. Ahora subo hasta allá y me pego los viajes que me pego.. "gustosamente" (aunque me pesa muchísimo") por esta con mis hijos..

Muchas muchas gracias.

PD. Veo que la cantidad que me correspondería pasarle para la manutención de mis hijos es lo que yo estoy aportando desde septiembre de 2011.

Necesito que me aclare un poco más el asunto de la casa:

En la casa viven sus hijos, esto lo entiendo, ¿pero viven solos o con el padre?

También es importante saber a quien se adjudicó el uso de esa vivienda. Si se adjudicó a los hijos, podrán usarla mientras no sean independientes. Si siguen estudiando después del instituto, no tendrán ingresos y seguirán necesitando un lugar donde vivir.

ahora tenemos de momento la custodia compartida. los niños viven con su padre cuando le toca a él estar con ellos..luego su padre se va y yo vivo alí con mis hijos..la cas la compartimos mi ex y yo.. y somos nosotros quienes entramos y salimos para de esta manera no tener mis hijos que moverse-

Como comentaba, quizás a no mucho tarde será el padre quien tenga la custodia integra.. y por lo tanto uso y disfrute de la vivienda.. Sin embargo cuando mis hijos cumplan los 18 o acaben el instituto yo quiero la parte proporcional de mi casa puesto que es al 50% de mi propiedad. Mis hijos, , vivirían o conmigo en la cas de la abuela .. o con su padre en esa casa ( si él decide quedársela dándome la parte proporcional) en ningún momento mis hijos se quedan desamparados, Estén con quien estén.

Si ambos están de acuerdo pueden firmar la modificación de medidas así, estableciendo la edad de 18 años de los niños, como el tope de uso de la vivienda por parte de ellos. Sin embargo, como le decía, lo habitual es que los hijos cesen en el uso al ser independientes y no al cumplir los 18

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