Medidas provisionales de contencioso con bebe

Hace unos días tuimos el juicio por las medidas provisionales del contencioso. Custodia para mi, uso del piso y el padre me pasará pensión alimenticia.
Quisiera sabercuando puedo cambiar la cerradura del piso, que es de los dos, ¿para qué él no entre cuando le venga en gana? ¿SI NO PAGA SU 50% de hipoteca del piso que pasaría? GRacias por su información

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No hay presentes que yo conozca de que te concedan el pago antes de la sentencia. Precisamente por eso existen las llamadas "medidas provisionalísimas", que en tu caso no parece que hayan sido solicitadas.
El retraso de unos días en el pago de la pensión, a menos que sea frecuente, no daría lugar a que estimasen tu reclamación. El impago de dos meses consecutivos o cuatro alternos constituye un delito por el que podrían meter en la cárcel a tu ex pareja, además que por la vía civil solicites que le embarguen para cubrir los impagos con intereses.
Gracias por su respuesta.
Pero me gustaría saber si los gastos que tengo con el bebé, que son bastantes por todo lo que necesita, ¿desde qué el marido se fue de casa hasta la sentencia puedo reclamarlos?
Son ya 3 meses de gastos y me gustaría que mi ex contribuyera a ellos, ¿es posible exigirlo y de que manera?
Ademas si en los autos pone que debe abonar la pensión del 1 al 5 de cada mes, si el día 5 no lo ha abonado, ¿cuándo puedo reclamar? ¿Tengo qué esperar por días antes de denunciarlo o el día 6 ya puedo ir a denunciarlo?
Muchas gracias de nuevo.
En cuanto tengas la sentencia podrás hacerlo legalmente (cambiar la cerradura), pero no pasará nada si lo haces antes. Si él no paga la hipoteca es incumplimiento de sentencia y por tanto, desobediencia que puede ser delito; además, tienes la posibilidad de pagarla tú y acrecentar tu aprticipación en la propiedad del piso.

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