Custodia de hijos

Mi pareja se ha divorciado hace más de tres años, en su momento de común acuerdo se estableció la custodia a la madre y un régimen de visita para el padre en los días martes, viernes, sábados y domingos. También se estableció una pensión alimenticia de 400 euros, al cabo de un año la madre cambio de trabajo y no pudo seguir teniendo los niños todos los días como se había pactado desde un principio.
Durante ocho meses los niños estuvieron viviendo con el padre. Al cabo de ese tiempo la madre una vez acomodada pactaron de común acuerdo tener a los niños 15 días cada uno y una pensión alimenticia por parte del padre hacia la madre de 200 euros.
El padre en todo este tiempo ha visto en la madre un descuido importante para con los niños. Estos descuidos incluyen cosas tales como. Falta de higiene en los niños, mucho desorden y falta de higiene en la casa de la madre. Ha notado que en varias ocasiones los niños han ido solos al colegio, también han pasado horas solos en la casa y reclamos de parte del colegio a donde acuden los niños por falta de aseo en las tareas así como trabajos incompletos y mal hechos.
El padre ha estado reclamando a la madre todas estas cosas, pero en el ultimo reclamo la madre ha tenido una actitud poco afortunada y ha decidido impedirle al padre que los siga teniendo los 15 días y a cambio solo permitirle verlos un fin de semana por medio, su argumento consiste en que el padre la mortifica con los reclamos y de ahí la decisión de la madre.
Al cabo de un par de días, la madre llama al padre diciéndole que había hablado con su abogado y este le dijo que debían ajustarse a lo que se había firmado en un principio.
Ahora formulo la pregunta: En principio, dada la actitud de la madre, en la que el padre ve una utilización de los niños, en el primer caso solo para hacerle daño y en el segundo para hacer negocio, ya que la madre debería tenerlos solo 3 días a la semana y cobrar por ello una pensión alimenticia de 400 euros.
¿Podría el padre conseguir la custodia de los niños alegando todas estas situaciones?
Con respecto al régimen de visita ( martes, viernes, sábado, domingo)
¿El padre estaría obligado a recoger los niños el día viernes y devolverlos el día domingo, o podría recogerlos el día viernes y devolverlos el mismo día por la noche para que duerman en la casa de su madre y lo mismo para el sábado y domingo?.
Gracias por tu ayuda.

2 Respuestas

Respuesta
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Podría pedir la custodia en base a una modificación en la situación de la madre respecto a la situación que tenia cuando se acordó.
De todos modos si la madre ahora trabaja y gana dinero, y el padre según me dices los tiene más días que la madre de visitas, podría pedir la reducción de los euros.
Aunque suele ser bastante complicado que te modifiquen los convenios ya acordados, salvo que los cambios en las situaciones sean vedaderamente importantes.
Respecto de la última pregunta, todo depende de lo que tegan pactado, de si han de trasnochar o no con el padre y de lo que más le interese a él. Incluso puede no pasar a recogerlos o pasar un día y otro no. Es la madre la que tiene la custodia y la que los tiene que tener.
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Si el padre puede demostrar que efectivamente existe, una serie de circunstancias y descuidos por parte de la madre, tal como me cuentas, falta de higiene absentismo escolar y lo que es más grabe dejarlos solos en casa. Todo esto si puede concurir en la retirada de la patria potestad de los niños.
Por otro lado, el convenio regulador que se firmo es lo único que vale ante la ley, y no los pactos personales que los exconyuges puedan pactar unilateralmente.
Respecto al régimen de visitas, tiene que venir escrito al igual que los días, las horas de recogida y entrega de los niños. Posiblemente sean estos, que son los más comunes que se dan:
Martes- desde la salida del colegio hasta las 20:00 horas.
Viernes- desde la salida del colegio hasta las 20:00 del domingo.
El padre no esta obligado a respetar el régimen de visitas, claro esta que la posibilidad de conseguir la patria potestad se reduce significativamente. El padre si quiere pasar los días correspondientes con sus hijos, deberá respetar lo que venga en convenio, es decir recogerlos y entregarlos tal y como en este se refleja, y no como a el le venga bien o le apetezca, siempre y cuando no aya un pacto entre ambas partes.
De todos modos, si por circunstancias laborales o de otra similitud, se puede solicitar un cambio de régimen de medidas y cambiar así como la pensión alimenticia, como el régimen de visitas.
Espero haber podido ayudarte, y si tiene alguna duda o alguna otra pregunta, no dudes en volver a contactar conmigo.

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