Separación

Saludos y gracias de antemano, mi pregunta es la siguiente: tengo una amiga, que ha tenido que dejar el hogar, tras amenzadas del marido, y no quiere denunciar por miedo, yo no estoy seguro pero creo que ha sido maltratada en varias ocasiones, y esta ultima vez tuvo que irse del piso que tienen en común por miedo, a que le hiciera algo a ella y a sus hijos.
¿Se considera abandono de hogar el dejar el piso por miedo a que te hagan daño a ti a tus hijos?. Se que tendría que denunciar pero tiene mucho miedo porque el ha dicho que si denuncia que se atenga a las consecuencias, y encima el posee armas.
Espero tu respuesta pronto, que estamos angustiados.

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Respuesta
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Ante una posible situación de maltrato doméstico, físico o psicológico, lo que hay que hacer es denunciar la primera ocasión que se produce. Entiendo su miedo y el temor que le puede infundir las posibles represalias que pueda tomar el "presunto" agresor, pero hay que hacerlo. Me parece sumamente grave que la "presunta" agredida tenga que abandonar el hogar familiar cuando quien debe hacerlo es el "presunto" agresor. Es una cuestión de la sociedad en su conjunto en la que estamos implicados todos, más aún sus conocidos y familiares. Con lo cual, mi recomendación es denunciar.
Respecto a lo que me comenta en segundo lugar, lo que dice constituye un posible delito de amenazas con el agravante de que esa persona posee armas (en su domicilio, imagino).
Por lo tanto, mi recomendación es acudir a los servicios sociales del ayuntamiento de su residencia donde, imagino la concejalía de la mujer, le podrán asesorar sobre que medidas tomar al respecto. Ellos suelen disponer de equipos de abogados especialistas en materia de malos tratos, asistentes sociales, mediadores,... que son de gran ayuda en las situaciones conflictivas que se dan en el ámbito familiar. Existen una serie de protocolos establecidos para tratar estos casos y para la protección de la victima o victimas. Habiendo hijos también implicados, la situación se complica con lo cual el tiempo corre en su contra. No hay que esperar a que ocurra una desgracia para tomar medidas. Siempre es mejor una denuncia equivocada que actuar una vez ocurrida una desgracia cuando ya no hay solución, es mi modo de ver.
Comparto su desazón y temor pero en estos momentos ella y sus hijos se tienen que sentir apoyados y arropados por su familia y amigos. El silencio es el peor remedio y se convierte en aliado del (repito) "presunto" maltratador.
Un abrazo muy fuerte y toda mi solidaridad con ustedes. Quedo aquí para resolver cualquier duda que se le pueda plantear al respecto.
Muchas gracias, pero tengo una duda, con el abandono de hogar, porque ella lleva 2 semanas viviendo en piso de familiares, y dice que no vuelve allí, se puede considerar como abandono de hogar y utilizarlo él, ¿en contra de su mujer e hijos?.
Hay testigos de las amenazas pero son familia de el, ¿se pueden negar a declarar en caso de tuvieran que hacerlo y declarar en contra de ella?.
A lo de denunciar, ella esta segura que si lo hará haga una locura, a ella y a su familia.
Muchas gracias y perdona por preguntarte ahora esto, ya que tu respuesta fue de gran ayuda.
En lo que respecta al "abandono del hogar", el articulo 105 del código civil decreta que el cónyuge que sale del domicilio conyugal por causa razonable no incumple el deber de convivencia si en el plazo de 30 días presenta demanda o solicitud de separación o divorcio. En su caso, considero que existe dicha causa razonable por lo que me ha contado anteriormente. Ahora bien, habría que demostrarlo.
Para apreciar la comisión de dicho delito es bastante complicado y se necesitaría que se cumpliesen los requisitos que el código penal requiere.
En el caso concreto de su amiga ella tiene causa razonable y no ha desaparecido. Su marido, por pedir puede pedir lo que quiera, luego será el juez quien deberá apreciar si lo que denuncia es cierto o no.
Respecto a lo de los testigos, siendo familiares de uno de los implicados, hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad serían susceptible de ser tachados y no admitidos como tales. Es un procedimiento que se debe hacer una vez hayan sido propuestos como testigos. Caso de que fuesen admitidos, al testigo se le hace jurar decir la verdad y de no hacerlo incurriría en un falso testimonio. Pero como todo habría que demostrarlo.
Respecto al tema de las amenazas, pues del dicho al hecho hay un trecho, pero la vida está llena de ejemplos de personas que cumplen sus amenazas. Yo sigo diciendo que ante un maltrato hay que denunciar y si hay testigos de ello y de las amenazas posteriores, tendrán que testificar en el juicio para corroborarlo. Si el juez lo estima, se debería solicitar las medidas de protección que el sistema jurídico contempla. Pero son los interesados quienes tienen que denunciar. No se puede vivir bajo amenazas y coacciones. Es mi opinión.
Me reitero en lo dicho en mi primera respuesta.

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