Separación

Mi mujer y yo no nos llevamos bien. Tenemos separación de bienes. Hemos decidido, por una serie de problemas y discusiones que la mejor solución es que yo alquile un piso y me vaya a vivir allí, hasta que acabe el año. Yo acudiría a casa a ayudarla a dar la comida y la cena a los niños y a acostarlos, incluso me podría quedar a dormir alguna noche allá, pero en principio la idea es vivir cada uno en su piso. Tenemos cuentas de ahorro a nombre de los dos aunque hemos pactado cual es de cada uno, cosa que en caso de que haya una separación, el reparto de los bienes no debería ocasionar ningún problema. Hasta aquí todo correcto. No obstante yo quisiera que hiciéramos algún papel donde se reconoce el compromiso de que queremos probar de vivir separados un tiempo, o mejor aún que hemos decidido una separación temporal por los motivos de una degradación de nuestra convivencia. Porque yo tengo miedo que si durante este tiempo que yo viviré en un piso fuera del piso conyugal (que por cierto es de mi mujer y esta a su nombre) mi esposa encuentra algún amante o similar, cambien los acuerdos que ahora tenemos de palabra, pues una tercera persona puede influir mucho, y pueda acusarme o hacer fuerza y presión (inducida por la otra persona) con que yo me he ido de casa y califique lo mio como abandono conyugal, o al contrario, si yo encuentro a alguien o mi mujer cree que tengo a alguien pueda también volver sobre el supuesto de abandono conyugal.
He hablado con mi mujer de esto, y dice que no quiere firmar nada.
Mi consulta es la siguiente:
En caso de irme a vivir solo, ¿mi mujer puede acusarme en el futuro de abandono conyugal? ¿Qué repercusiones puede llegar a tener esto?
Si mi mujer se niega a firmar o ha hacer cualquier documento.. Puedo yo hacer uno ante notario o en el modo que sea, ¿de manera que nunca se me pueda acusar de abandono conyugal? ¿En el caso de separación, y al tener separación de bienes, como quedarían las cuentas corrientes y los fondos de inversión que están a nombre de los dos?
¿Existe algún modo de realizar esta operación con todas las garantías jurídicas?
Tenemos dos niños de 8 y 10 años
Respuesta
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Te quedo muy agradecido elsa, por tu respuesta... gracias por tu ayuda me gustaría poder corresponderte de alguna forma.. hasta que eso sea posible recibe mi agradecimiento y mis felicitaciones un saludo desde españa...
Primera pregunta: Para que haya abandono de hogar en sentido jurídico es necesario que el mismo sea voluntario y malicioso. Es voluntario cuando uno de los cónyuges abandona la convivencia sin motivo alguno. Pero si hay problemas graves en la pareja, quien se retira del hogar segulamente lo hace para evitar mayores males, mayor desgaste de la relación y presenvar la salud sicofísica del grupo familiar. De modo que en tu caso, ya falta uno de los requisitos para que se configure el abandono de hogar, como causal de divorcio. Además éste debe ser malicioso, es decir que el abandono se hace con la intención de sustraerse a las obligaciones conyugales. ´Si tú dedicas tu tiempo al cuidado de los niños y cumples tu obligación alimentaria respecto de ellos, no hay abandono del hogar.-
En relación a las cuentas corrientes y fondos de inversión, si están a nombre de los dos, en principio no habría ningún problema. El 50% corresponde a cada uno de los cónyuges. Tercera pregunta: Lo más conveniente en este caso, ante la negativa de tu esposa a firmar un acuerdo, es dejar una constancia ante la Policía, en la que manifiestes que desde tal fecha, te has retirado del hogar conyugal por desavenencias existentes en la pareja, que hacían imposible la vida en común, pero que ello no implica abandono, que sigues manteniendo contacto con tus hijos y cumpliendo con tus obligaciones alimentarias respecto de ellos. En cuanto al dinero que aportes en concepto de alimentos, te sugiero que lo deposites en una cuenta bancaria especial que puedes abrir a estos fines. Esto para evitar en el futuro un juicio por alimentos. (Las mujeres somos malas a veces y más cuando estamos bien asesoradas :) De lo contrario tendrías que exigir recibo cada vez que aportes el dinero para los alimentos y trata de conservar todos los comprobantes de los gastos que realices en beneficio de los menores (educación, tratamiento médico, etc). Luego tendrás que ver quien se hará cargo de la tenencia de los niños. A mi criterio, lo mejor es una tenencia compartida, ya que los niños necesitan a ambos progenitores y no son culpables en la separación. Cualquier duda puedes volver a consultarme. Un abrazo. Elsa Parodi

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