Bienes gananciales
Hola otra vez, tengo una duda respecto de los bienes que se supone que dividiremos más adelante, si recuerda tuvimos la vista de provisionales el día 13 de diciembre y aún no se ha dictado el auto. Resulta que yo trabajaba en una empresa que cerraron el 31 de diciembre de 2002 y percibí una indemnización como baja incentivada, pero desde entonces no he vuelto a trabajar, no ha habido forma, así que estoy opositando. En el momento en que nuestros abogados se reunieron para intentar un convenio regulador la propuesta del abogado de mi marido era pasar solo la pensión de alimentos de mis hijos pero mirando en las tablas como si ambos cónyuges trabajásemos, a mi no pasarme ningún tipo de pensión mientras encuentro trabajo y eso si, repartirnos el dinero que hay al 50%. Entonces, me dijeron que existe jurisprudencia del supremo (22-12-99) que dice que la baja incentivada es la indemnización por la pérdida de un derecho, el derecho al trabajo y por lo tanto privativa del cónyuge perceptor. Y bueno lo que yo quiero saber es si su propuesta puede prosperar, si hay que repartir porque son gananciales, tendrá que pasarme compensatoria mientras consigo un trabajo para mantenernos mis hijos y yo, y si no quiere pasarme ni un duro, según sus palabras y perdóneme que sea tan clara pero es así, triste pero así "para que yo putee por ahí", cuando la causa de la separación es que él tiene una amante desde hace año y medio, la indemnización será mía. O ¿Cómo va esto? Gracias otra vez.
Respuesta de Antonio Díaz
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