Seguro protección de pagos

Hola, buenos días.
Hace 14meses me compre un piso, y me obligaron a hacerme un seguro de protección de pagos, condiciones de la hipoteca.
Al poco tiempo me vi obligada a coger una baja laboral, después de casi un año de baja, mi pregunta es si dicho seguro me cubre algo ya que hay una clausula que es para la prestación por incapacidad temporal.
Gracias

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El fin de contratar la protección de pagos (sea de forma obligada o voluntaria), es la de disponer de un seguro, que le cubra a uno en el caso de que no pueda hacer frente a las cuotas de la deuda que ha suscrito. Los riesgos amparados dependerán del tipo de póliza que haya contratado.
      Hay tantos seguros de protección de pagos como entidades bancarias, cada uno con sus cláusulas y limitaciones, en función de la prima que uno pague. Si el suyo contempla la incapacidad temporal, lea su condicionado detenidamente, y si tiene dudas consulte con la aseguradora que lo ha suscrito. Un experto, ni aún siendo un catedrático en derecho, puede conocer todos y cada uno de los condicionados de los seguros que cada rama ofrece. Lea sus condiciones particulares, hable con su entidad aseguradora y/o bancaria, y si después de todo, cree que no le quieren cubrir un derecho que tiene amparado, consúltenos.

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