Seguro de decesos

Hola, mi caso es el siguiente; tengo contratado un seguro de decesos que se renueva anualmente y pago de forma trimestral. Por motivos económicos no puedo hacer frente al pago de los recibos de dicho seguro, cosa que he comunidada a la compañía de seguros y a la cual he solicitado la baja del mismo. Dicha compañía me ha dicho que no se puede realizar la anulación del mismo por ser este renovable anualmente, y en el caso de no pagar los recibos se me reclamaran de forma judicial. En las clausulas de la póliza no se indica nada de eso, lo que si pone es que si un recibo es devuelto por el banco y en el periodo de un mes no se paga la compañía anulara la póliza.Mi pregunta es ¿Es cierto lo que me han dicho en la compañía o es para que no anule el seguro? Si no puedo pagar un seguro que yo he contratado voluntariamente ¿Se me puede reclamar el pago del mismo de forma judicial? Gracias.

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Lo que le han dicho es correcto, todas las pólizas de seguros son contratos, y como tal tienen unas clausulas que lo definen, entre otras cosas también definen como se anulan. Y todos los contratos de rigen por la Ley de Contrato de Seguro, que dice que para anular una póliza hay que hacerlo avisando con dos meses de antelación al vencimiento anual.
En caso de que no se paguen esas primas, al mes del vencimiento, la garantía queda es suspenso, pero la aseguradora tiene un plazo de seis meses para reclamar en el juzgado en vía ejecutiva el pago de los recibos pendientes.
Así que poder... pueden hacerlo y con justificación. Otra cosa es que lo hagan.
www.zurichmostoles.com
www.segurosymediadores.com

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