Renuncia al plan de pensiones del cónyuge viudo.

Tengo entendido que, si no hay disposición específica, el beneficiario del plan de pensiones de una persona fallecida es el cónyuge viudo. Como el plan de pensiones no forma parte de la masa hereditaria, ¿puede el viudo renunciar al plan de pensiones en favor de los hijos sin tener que renunciar a la herencia que le pudiera corresponder del cónyuge fallecido?
Si los hijos no trabajan, ¿tributarán menos en el IRPF que el cóyuge viudo ya que sólo tendrán que incluir en la declaración la cuantía del plan de pensiones "heredado"?
Gracias por la respuesta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o