Seguro colectivo de complemento de jubilación

Soy beneficiario de un seguro colectivo que complementa la jubilación. Las primas las ha aportado íntegramente el tomador (la empresa). Ante un ERE de ésta ¿pierdo los derechos económicos teniendo en cuenta que me faltan 10 años hasta cumplir los 65 años, o se suspenden los derechos hasta esa fecha y puedo cobrar el complemento a partir de ahí?.

Por parado de larga duración ¿puedo rescatar el seguro, aún a pesar de no indicarlo las condiciones particulares de la póliza y no haber pagado ninguna prima?.

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