Plan Pensiones

Hola,
Tengo suscritos varios Planes de Pensión en diferentes entidades bancarias. Sé que unos meses antes de cumplir 65 años he de comunicar a la entidad la modalidad de rescate. Mis dudas son,
- ¿Qué modalidad es más conveniente? Y sus ventajas e inconvenientes
-¿Tiene qué coincidir la modalidad de rescate en todas las entidades? O sea ¿puedo decir a la entidad "A" que el PP1 sea total y el PP2 sea fraccionado? Y a su vez a la entidad "B" que su PPx sea de una modalidad, ¿el PPy otra y elPPz otra distinta?
-¿Me podría indicar una dirección de internet donde venga algún documento que explique la normativa de una manera sencilla y comprensible?

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No sé si te funcionará el siguiente enlace, pero es muy útil para responder cuesiones sobre la normativa y otros aspectos de los planes de pensiones:
http://www.caixacatalunya.es/CDA/caixacat/redirect.html?link=http://www.caixacatalunya.es/CDA/caixacat/es/ccpublic/particulars/Pop_Ups_i_Faqs/FaqPlantilla1Es/0,3019,61,00.html
Aquí se muestran partidarios de recuperar la renta aportada en forma de renta periódica, en lugar de capital. Yo también creo que es perjudicial para ti recuperar en forma de capital más del doble de tu renta anual. Date cuenta que todo el capital acumulado en el plan de pensiones se ha tranformado en Renta, que deberás declarar en el IRPF del año en que lo recuperes. Si recuperas todo de golpe, Hacienda te va a retener de entrada, hasta un 40 % de lo que recuperes. Si lo haces en forma de renta mensual o trimestral, la repercusión será inferior.

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