Pues serían varios impuestos así que paso a enumerarlos:
Usted como vendedor deberá pagar los siguientes:
- IBI: el obligado a su pago es quien sea titular del inmueble a 1 de enero de cada año natural, salvo que las partes pacten lo contrario.
- IVTNU (también conocido como plusvalía): debe abonarlos el transmitente.
- Ganancia o pérdida patrimonial que se produzca en su patrimonio por razón de esta venta (básicamente, valor adquisición - valor de transmisión), debiendo ser incluida en su declaración de la renta.
Por su parte, el comprador deberá pagar:
- TPO (transimisiones patrimoniales onerosas): si es usted un particular. No obstante, por lo que comenta se trata de un local destinado a un negocio así que necesitaría más datos (si es usted el dueño al 100% y es profesional o pertenece a una empresa) para saber si debería tributar por IVA o TPO.
- AJD (actos jurídicos documentados): por el cambio de escrituras y que corresponden al comprador.