Escriturar por encima de lo acordado

Hola.

Vendo mi piso por 65.000 euros y un gestor intermediador de personas chinas me lo compra, pero dice de escriturar en 95.000 euros y a cambio sus clientes me darían 6.000 euros en compensación por lo que yo tendría que pagar por ganancias patrimoniales.
Ellos me darían en total 71.000 euros, pero hasta los 95.000 euros habría 24.000 euros que no saldrían reflejados en ningún sitio y, que según este gestor, no hay problemas porque entre particulares se puede decir que se me pago en metálico.
¿Si hago esta operación según me la plantean, tendría algún problema con hacienda o cualquier administración del estado?
Un saludo.

2 Respuestas

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Tratándose de transmisión de la propiedad y demás derechos reales sobre inmuebles, cuando intervengan sólo particulares el límite de los pagos en efectivo son 100.000 euros.

No obstante, le desancosejo este tipo de operación, porque, claramente existen indicios claros de blanqueo de capitales en la sobrevaloración, y obviamente, están utilizándole para tales fines ilícitos.

Si no quiere problemas, no se arriesgue a tenerlos.

Respuesta
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Respecto a la primera parte de la pregunta comentarle que lo que se refleja en la escritura pública es lo que tiene validez legal y lo que se considera que ciertamente ha sucedido, de lo cual da fe el notario, que es un fedatario público y ante el cual usted certificaría que ha recibido los 95.000€

Centrándonos propiamente en la parte fiscal, tenga en cuenta que esa diferencia de 30.000€ entre las dos cantidades es una ganancia patrimonial extra que se le suma a usted al margen de la que ya tuviera inicialmente teniendo en cuenta los 65.000€. No obstante, y suponiendo que con los 65.000€ su ganancia patrimonial fuera 0€, con 95.000€ esta sería igual a 30.000€, lo cual a los tipos actuales le supondría una cantidad a pagar superior a 6.000€ (en el 2014 entre 0 y 6.000€ de ganancia patrimonial el tipo es del 21%, de los 6000,01€ hasta los 24.000€ es del 25%, y de los 24.000,01 a los 30.000 sería del 27%, por lo que si realiza la suma verá que se superan los 6.000€), de tal manera que con esa cantidad que le darían no cubren lo que usted debería tributar.

Espero que con mi contestación haya aclarado sus dudas, pero en caso de no ser así, no dude en ponerse en contacto conmigo, bien sea por aquí o a través del formulario de contacto de mi blog www.misfinanzasytudinero,com, donde por otra parte encontrará artículos de carácter financiero y fiscal que seguro que pueden ayudarle a sacar más rendimiento a su dinero.

Yo lo compré por 36.000 euros en el año 1992, o sea que la ganancia sería de

59.000 euros ¿Seguiría siendo el 27% por lo que tributaría?

Al margen del dinero, no lo que no me ha dicho es que al no aparecer por ningún sitio los 24.000 euros que se me darían en metálico (ficticiamente), me podría acarrear algún problema con la administración.

Un saludo.

Respecto a la primera pregunta así es, todo lo que pasa de los 24.000,01€ de ganancia patrimonial en adelante tributa al 27%.

En cuanto a la segunda pregunta la respuesta es que técnicamente sí, ya que usted estaría constituyendo una escritura proporcionando unos datos falsos, y por lo tanto, si la administración descubriera este hecho, esto conllevaría las consecuencias correspondientes. Ahora bien, en la escritura usted declararía, ante "el representante del estado" (el notario), haber recibido esa cantidad de dinero (aunque de facto no la recibiera), y siempre que tribute por ella, a nivel tributario la hacienda pública no percibiría, de acuerdo a lo que figura en la escritura, ninguna irregularidad.

No obstante lo anterior, yo, de acuerdo al código ético-profesional que debo mantener, y como usted comprenderá, le debo decir que realice la escritura de acuerdo a los valores reales entregados.

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