Compensar Perdidas en IRPF

Un empresario que tributa en estimación directa y obtiene perdidas, puede al año siguiente si obtiene beneficios, compensar esas perdidas para que la base imponible del año siguiente sea inferior, ¿al igual que ocurre en sociedades?
Si es así, ¿En qué casilla se integra la perdida del año anterior?
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Según la normativa estas pérdidas solo son compensables con el resto de rentas a integrar en la base general del Impuesto sin que puedan compensarse con bases generales de ejercicios futuros.

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