Vivienda habitual

Si no me equivoco, la fiscalidad en la vivienda habitual te da dos años una vez vendida la anterior para comprar la nueva casa y no tributar por los beneficios de la 1ª. O al contrario, compras la segunda vivienda habitual y tienes dos años para vander tu antigua casa y no tributar por el beneficio, esto es así ¿no?.
Mi duda es la siguiente; he oído que el actual gobierno dada la situación de crisis actual ha dado una especie de moratoria por la que se concede una especie de mora para las situaciones que se produzcan ahora (p.e. Mi caso, vence el plazo de 2 años ahora el 15 de octubre) hasta diciembre de 2.010. Es decir yo estaría exento de pagar impuestos siempre que venda la casa antes de diciembre de 2.010, no hasta 15 octubre de 2.009 como marca la Ley ¿es esto real?

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Más claro que el agua. Correctísimo

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