Fecha de devengo del impuesto

En la declaración de la renta de 2005 puse a mi madre a mi cargo y después de varios recursos me dicen que no podía ponerla porque en la "fecha de devengo del impuesto" no convivíamos juntos.
Estuve con ella hasta el 25 de noviembre de 2005, pero me dicen que si el día 31 de diciembre de 2005 no vivía con ella no puedo ponerme las reducciones por edad y asistencia.
¿Es ciesto que el último día del año determina un impuesto que refleja la situación de todo un año?
¿Tengo alguna posibilidad de que se reconozca la discriminación de la que soy objeto, con respecto al que ha convivido con el ascendiente los últimos seis meses del año, haciendo un recurso contencioso-administrativo?

1 respuesta

Respuesta
1
Lo que comenta es raro raro raro...
No es cierto que tenga que convivir con usted a fecha 31 de diciembre, tiene convivir al menos la mitad del año, ese es el requisito.
Cuestiones que se me ocurren:
1. Que su madre no tuviera 65 años a fecha de devengo, pero esto no puede ser porque dice que se puso edad y asistencia, con lo que como mínimo, tiene 75 años.
2) Que su madre presentase declaración de la renta o tenga rentas superiores a 8000 euros con lo que no podría ponerla como ascendiente.
3) Tercera y más probable, que hubiera más de una persona con derecho a aplicarse la deducción, y se haya aplicado usted la deducción entera.
4)Que no haya convivido con su madre durante 6 meses, con lo cual no tenia derecho.
5) Que su madre falleciera durante el ejercicio, con lo que no podrían incluirla como ascendiente.
Si no se dan ninguna de estas circunstancias, podría incluirla como ascendiente sin problema.
Muchas gracias por la respuesta, pero no se trata de ninguna de esas causas. En la resolución de la reclamación Económico-Administrativa dice explícitamente que se me deniega por no convivir con ella en la fecha mencionada.

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