Socorro!, esto es un lio

Hola! Tengo un problema al cual yo no le veo una buena solución. Relato mi caso: mi pareja en el 2001 se despido de una empresa, la cual le dejo a deber el último mes de trabajo (Julio) y la respectiva indemnización (junto con la paga proporcional de verano y navidad), como no vio forma de cobrarla, se diriguio a los servicios de C.C.O.O., la cual hizo los tramites necesarios, ¿y se cobraron a través del FOGASA 2015,53? En total, esto fue cobrado en 2003. Le informaron que como en la declaración del 2001 había tenido que declarar la cantidad de los salarios que todavía no había cobrado, podía solicitar una revisión de esa declaración. ¿En ella no salia a devolver unos 714? Los cuales cobramos en su momento. Y ahora después que han revisado la petición de revisión de la declaración del 2001, ¿no solicitan que ingresemos 206?. Es decir: ¿En ese año cobro menos de lo declarado y ahora tenemos que pagar más en vez de que nos devuelvan?, esto es un lio y un disgusto. ¿Por favor oriéntanos en este tema.La indemnización del FOGASA no esta exenta de irpf?. Gracias

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En primer lugar lo que está está exento de tributar sería una indemnización por despido pero lo que usted me comenta son salarios. Está claro que si ustedes en su momento recurrieron la declaración alegando que habían declarado unas cantidades no cobradas y le devolvieron lo correspondiente, también está claro que cuando han cobrado esas cantidades tributen por ella. Revisen esto que me comenta por si hubiesen declarado dos veces la misma cantidad pero por lo que me dice parece que no.

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