Extinción del condominio

Buenos días, llevo 3 años divorciada de mi ex. Según la sentencia de divorcio, mis dos hijos menores yo tenemos el uso y disfrute de la vivienda que es de VPO hasta que se haga efectiva la liquidación de gananciales. Mi ex ha iniciado los trámites y estamos intentando ver si se puede llegar a un acuerdo, por el cual yo compraría su parte. Es difícil porque él pide la mitad del Precio de mercado actual de la vivienda cuando aún faltan 20 años para que sea de precio libre. Estamos a 6.000 € de llegar a un acuerdo.
A la entrega de la vivienda la hipoteca era de 98.000€, de la cual nos queda por pagar 26.000. Me reclama una cantidad de 80.000 además de su parte de hipoteca (13.000) y una plaza de garaje libre.
Mi pregunta es, ¿podría el banco concederme una ampliación de la hipoteca actual a 106.000€ para pagar sus 80.000€? Mi salario es de 1.300€ + 400€ de pensión que le han sido embargados de su nómina. ¿Qué sería mejor, solicitar un crédito hipotecario a mi nombre por 106.000 € y finalizar el crédito que está a nombre de los dos y continuar yo sola con el nuevo crédito? ¿Solicitar en la entidad actual una ampliación y pedir que se elimine su nombre de la hipoteca? ¿Qué gastos aproximados tendría en cada caso? ¿Cuánto me costaría la extinción del condominio?
Muchas gracias,

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Tenga en cuenta que no está hablando de una vivienda de régimen libre por lo que antes de hacer nada indíqueme, si es tan amable, si sabe el VALOR MÁXIMO LEGAL de su vivienda para informarle de si es posible estudiar una opetración de extinción de condominio.
Buenas tardes, el valor máximo legal actualmente es de 145.697,27€. Muchas gracias.
Un saludo
Los gastos de compraventa o extinción de condominio serian aprox. 6.000 €. Es decir, se deberían pedir aprox 112.000 € de financiación total que sobre el Valor Máximo Legal seria aprox casi un 80%. No sé si en su actual hipoteca hay avalastas pero al estar en un momento compolicado financieramente hablando podría ser que su entidad si se los exigiera.
Otro criterio que se mira es el endeudamiento, por lo que si gana 1.300 € contando las pagas, su entidad le permitiría endeudarse como máximo 455 €/mes (35% de sus ingresos). Tenga en cuenta que los ingresos por pensión no se consideran ingreso en casi todas las entidades de crédito.
Lo de realizar o no la opearción dependerá de su urgencia pero piense que nosq ueda un largo recorrido de incertidumbre económica con más sombres que luces y debería valorar si le compensa hacer esta operación (si consigue la aceptación bancaria).

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