Extinción de condominio ¿En Cataluña es diferente?

Hola.
He leído bastante de los casos de extinción de condominio que aparecen en el foro y tengo claro que todos los gastos los tiene que pagar la parte que se queda la propiedad al 100% a excepción del 1% para hacienda.
Pero ahora me asalta una duda, me dice el motario que he de pagar el 50% de los costes notariales porque en Cataluña es así.
¿Puedes confírmame este punto?
Gracias
Jose Luis Nevado

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Respuesta
Quizás su Notario pueda indicarle la norma que afecta a su caso. La estudiaremos para valorarla.

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