Clausula suelo

<address>Hola, hace 3 años compre un piso y fime un contrato de compraventacon subrogacion y novacion de prestamo con garantia hipotecaria con el bbva. En mi escritura no consta ninguna clausula suelo, pero el banco me dice que me la va aplicar porque estaba en la escritura original del promotor, a la cual yo me subroge. Yo les digo que me subroge con mis condiciones (me aderí a un convenio que tiene muface con el bbva) y que ellos en nigun momento me dijeron ni por escrito ni de palabra que existia tal clausula.
MI pregunta es ¿es legal la aplicación de esta clausula aunque no venga reflejada explicita y claramente en la nueva escritura?</address>

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Me planteas una pregunta peliaguda.
Por una parte los del BBVA se amparan en que la clausula estaba en la hipoteca original al promotor, por otra parte tu te adheriste a las condiciones que ofrecía al colectivo muface.
Mi pregunta es ¿En tu escritura figura una clausula referente al tipo de interés a aplicar a tu hipotecam o modificación de las condiciones a promotor?
Dime algo.
En mi hipoteca hay un apatado llamado Reglas de indices de referencia y dentro de este INDICE DE REFERENCIA PRINCIPAL: referencia interbancaria a un año (euribor), donde dice que cuando se utilice este indice, el tipo nominal será de el valor del último índice adicionado en cero coma sesenta puntos porcentuales. Además de otras que bonifican el tipo de interés según la vinculación con el banco (tarjeta, seguro de hogar...) que te pueden llevar el diferencial al 0,25. Pero en ningún momento se hace referencia alguna al limite que me quieren aplicar del 2,25, ni tampoco se remiten a la escritura del promotor.
Pues yo lo tendría claro, puesto que no veo que te tengan que aplicar la clausula suelo, cuando no hacen ninguna referencia en la escritura. Les haría una reclamación formal, por escrito y con acuse de recibo.
En un principio dirigiría el escrito al banco, si no te responden en un plazo de 15 días (será difícil que lo hagan), pasaría a hacer un escrito al defensor del cliente en el mismo banco.
Al mismo tiempo, tampoco pasaría nada si planteas una queja formal a través de una reclamación a la comunidad autónoma (los bancos tienen la obligación de tener hojas de reclamaciones de la comunidad autónoma y tienes la total libertad para pedirlas y ellos te la tienen que entregar).
Si ves que no prospera, puedes reclamar también en la oficina de defensa del consumidor del ayuntamiento de tu población.
Suerte

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