Alzamiento de Bienes

Vamos a ver en el año 2005 firme una escritura hipotecaria por un valor de 82000 euros que se pagan religiosamente cada mes. La titularidad está al 50% mio y el otro 50% a nombre de mi novia . El problema es que en el año 2006 me meto en un préstamo personal con otra entidad diferente al de la hipoteca y en el año 2007 en un vehículo. Dichos prestamos están sin pagar por lo que como es lógico la financiera me pide el total del préstamo que son 11000 euros y 10000 euros por otro lado. Tengo un hijo pequeño de 3 años y mi preocupación es perder la vivienda totalmente, hasta ahora las reclameciones son por teléfono o correo ordinario por lo que tengo en mente realizar una extinción de condominio y pasar mi 50% a mi novia ¿seria eso delito puesto que no se me ha reclamado judiciqalmente las cantidades? Por otro lado el concurso de acrededores no puedo acogerme a el ya me lo dijo una abogada, se que de aquí a 2 años podre hacer frente a la deuda pero temo a perder la vivienda y verme en la calle.

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Cambiar la titularidad de la vivienda, le pone ante la posibilidad de incurrir en alzamiento de bienes. La cuestión no es que le hayan demandado o no. Usted cambia de titularidad cuando hay constancia que no puede pagar, porque los préstamos están impagados, con la intención de evitar el embargo. Eso es lo que podría considerase delictivo.
Si no fuera alzamiento de bienes, el acreedor puede deshacer la venta o extinción de condominio a través de una acción pauliana.
¿Concurso de acreedores? Es costoso, hay que calcularlo bien. No obstante, puede pactar con sus acreedores un plan de pagos, acorde con sus ingresos.

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