Al dar de alta la nueva actividad que no lleva IVA, tengo que llevar a cabo la regla de la prorrata
Buenas tardes:
Recurro otra vez a su consejo ya que necesito alguna aclaración sobre su respuesta. Me comento que al dar de alta la nueva actividad que no lleva IVA, tengo que llevar a cabo la regla de la prorrata en cuanto a IVA y ello me obliga a regularizar los años anteriores. Es aquí donde surguen mis dudas :
- Entiendo que es regularizar sobre el Inmovilizado Material, local, financiado mediante leasing, hay alguna otra regularización ¿teniendo en cuenta que tenemos poco más IM, salvo algunos ordenadores?
-Si la regularización es sobre el local. La compra la efectúo la entidad fra y en la compra no hubo IVA sino ITP ya que lo vendieron unos particulares. El IVA que nos hemos desgravado hasta el momento es sobre la cuota mensual. ¿Este IVA es que tendríamos que regularizar?
Muchas gracias de antemano
Recurro otra vez a su consejo ya que necesito alguna aclaración sobre su respuesta. Me comento que al dar de alta la nueva actividad que no lleva IVA, tengo que llevar a cabo la regla de la prorrata en cuanto a IVA y ello me obliga a regularizar los años anteriores. Es aquí donde surguen mis dudas :
- Entiendo que es regularizar sobre el Inmovilizado Material, local, financiado mediante leasing, hay alguna otra regularización ¿teniendo en cuenta que tenemos poco más IM, salvo algunos ordenadores?
-Si la regularización es sobre el local. La compra la efectúo la entidad fra y en la compra no hubo IVA sino ITP ya que lo vendieron unos particulares. El IVA que nos hemos desgravado hasta el momento es sobre la cuota mensual. ¿Este IVA es que tendríamos que regularizar?
Muchas gracias de antemano
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