Interés por aplazamiento en el pago.
Tengo entendido que si un proveedor nos hace un recargo por aplazarnos el pago 60 días (por ejemplo), dichos intereses no llevan IVA si se hacen en una factura separada, ¿no?.
Por otro lado, si el proveedor nos incluye los intereses en el importe de la compra (intereses no contractuales), ¿qué debemos hacer?. Yo he pensado en lo siguiente: tendríamos que saber el tipo de interés de mercado, hallar el valor actual del futuro pago, y la diferencia serán los intereses que nos ha metido el proveedor como mayor importe de compra. Aplicamos IVA a todos menos a dichos intereses y sería igual que en el otro caso.
A pesar de mis cabalas, no sé si estoy en lo cierto o no. Muchas gracias de antemano.
Por otro lado, si el proveedor nos incluye los intereses en el importe de la compra (intereses no contractuales), ¿qué debemos hacer?. Yo he pensado en lo siguiente: tendríamos que saber el tipo de interés de mercado, hallar el valor actual del futuro pago, y la diferencia serán los intereses que nos ha metido el proveedor como mayor importe de compra. Aplicamos IVA a todos menos a dichos intereses y sería igual que en el otro caso.
A pesar de mis cabalas, no sé si estoy en lo cierto o no. Muchas gracias de antemano.