Cédula de habitabilidad

Hola,
tengo la posibilidad de adquirir un trastero y la terraza de un edificio con el fin de reformarlo y hacer una vivienda. Me consta que no tiene cédula de habitabilidad y me gustaría saber los trámites para obtenerla, así como los costes asociados; reformas aparte. Muchas gracias de antemano

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Desde finales de los 90 ya no se llama Cédula de habitabilidad, sino licencia de primera ocupación.
Para obtener esta licencia necesitas la siguiente documentación:
Documentación de fin de obra firmadas y visadas por el Arquitecto y el Aparejador de la obra (es un impreso y unas fotografías)
Boletines de la instalación eléctrica y agua potable (los tienen que facilitar los instaladores de la obra).
Si la obra tiene licencia posterior al año 96 debes de incorporar un proyecto de telecomunicaciones visado, y con su correspondiente certificado final de obra.
Con estos documentos, tendrás que pagar unas tasas al ayuntamiento, y este comprobará que la obra realizada se ajusta al proyecto para el que se obtuvo licencia. Si es así, te emitirán la licencia de primera ocupación y la casa para "oficialmente" de ser una construcción a ser una vivienda.
Los costes varían mucho ya que dependen del tamaño del edificio completo, ya que la licencia de primera ocupación solo se puede emitir para el conjunto completo, tal y como se pidió licencia de obra en su día.
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Eso va ha depender del ayuntamiento a que corresponda. Tendrás que informarte en la oficina de urbanismo de tu ayuntamiento y ver si lo permiten y las normativas a cumplir en cuanto a metros mínimos, etc. Además tendrá que estar de acuerdo la comunidad de vecinos y aprobarlo en junta.
En principio no hay problemas de comunidad porque todo el edificio pertenece al que nos lo va a vender y aún no hay ningún vecino. Sobre lo que me contestas, preguntaré en urbanismo. Soy de Madrid centro, por si tienes referencias.
De todas formas, ¿sabrías decirme si siendo un trastero se pueden contratar el agua y la electricidad?
Muchas gracias
Si eres de Madrid, en tal caso, deberás ir a la junta de distrito que pertenezcas e ir al área de urbanismo en las horas de visita para consultas y demás. El agua y la electricidad podrás contratarlo con las compañías correspondientes si posees la cédula de habitabilidad, sino no podrás contratar. Ha habido muchos casos de cambio de uso para vivienda en Madrid. En función de tu distrito y de las características del trastero, podrá ser viable o no. Lo sabrás en el momento que te acerques a urbanismo y lo preguntes.

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