El reglamento (REBT) habla de la equipotencialidad.

Hola, Jordi67. Gracias por todo. Una pregunta un poco rara:
El REBT en la ITC-BT-18 (que trata de la toma de tierra), habla de la equipotencialidad principal y de la SUPLETORIA. Esta última es la que a mí me interesa porque es la que hay que hacer en la vivienda. En el piso en que yo vivo actualmente, piso del 1986, observo que salen de un registro 2 cables de t.tierra que entran en los cuartos de baño y van cogidos a los lavabos por debajo, al junquillo metálico que trae el agua. Pero en el piso que vamos a reformar, los latiguillos no serán metálicos, sino de goma recubierta, como usted sabe. Entonces, ¿a dónde conecto los t.tierra? ¿Y para qué sirve la equipotencialidad? (El REBT da muy pocas explicaciones. Apenas dice nada). Gracias y SALUDOS.

1 respuesta

Respuesta
1
La equipotencialidad significa el aislamiento a tierra de todas las partes metálicas de la vivienda (ventanas, tuberías, etc...) Es decir, la conexión a la red de tierra de todas las partes metálicas de una instalación (que no es lo mismo que la red de tierra de la instalación vaya conectada a una parte metálica, como por ejemplo una tubería, cosa muy peligrosa y chapucera que antes mucha gente, por desconocimiento, hacía). Solamente deben conectarse las partes metálicas de la vivienda a la red de tierra. Sin embargo, no te emparanoyes con el tema.
El reglamento obliga a conectar todas las masas metálicas (tuberías, etc...) Yo de ti miraría de conectar los marcos de la ventana, un punto de la tubería de agua fría y caliente, y lo que fuera metálico que estuviese muy a la vista o susceptible de ser tocado. En el caso del latiguillo que comentas, al no ser metálico, no es necesario por este motivo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas