Cláusulas leoninas
Hola Pholmo:
Tengo un contrato de alquiler que me interesa rescindir para recuperar el importe de la fianza y poder marcharme del inmueble. El contrato no es del tipo para vivienda habitual, si no para uso distinto del de vivienda, con lo que no se rige por la ley de arrendamientos urbanos. Me parece que algunas de sus cláusulas son leoninas, con lo que según tengo entendido no tendrían valor legal delante de un juez y no podría llevarlas a cabo, aunque estén firmadas por ambas partes; además de estar cobrando el dinero de las rentas en "b". Te cito alguna por si puedes ayudarme:
"... El arrendatario tendrá derecho a rescindir este contrato antes del plazo establecido, siempre que notificare al arrendador su decisión de resolverlo con al menos tres meses de antelación con lo que llevará aparejada la pérdida a favor del arrendador de la fianza, y la obligación de pago de la renta y demás cantidades inherentes al plazo del preaviso y, en su caso, de los que excedieren..."
"Si la renta no se ingresara para el día 7 del mes, el arrendatario recibirá un apercibimiento. Si no hubiese ingresado esa mensualidad para el último día del mes, tendría que desalojar la vivienda de inmediato, perdiendo la fianza".
Me sería de gran ayuda. Muchas gracias
Tengo un contrato de alquiler que me interesa rescindir para recuperar el importe de la fianza y poder marcharme del inmueble. El contrato no es del tipo para vivienda habitual, si no para uso distinto del de vivienda, con lo que no se rige por la ley de arrendamientos urbanos. Me parece que algunas de sus cláusulas son leoninas, con lo que según tengo entendido no tendrían valor legal delante de un juez y no podría llevarlas a cabo, aunque estén firmadas por ambas partes; además de estar cobrando el dinero de las rentas en "b". Te cito alguna por si puedes ayudarme:
"... El arrendatario tendrá derecho a rescindir este contrato antes del plazo establecido, siempre que notificare al arrendador su decisión de resolverlo con al menos tres meses de antelación con lo que llevará aparejada la pérdida a favor del arrendador de la fianza, y la obligación de pago de la renta y demás cantidades inherentes al plazo del preaviso y, en su caso, de los que excedieren..."
"Si la renta no se ingresara para el día 7 del mes, el arrendatario recibirá un apercibimiento. Si no hubiese ingresado esa mensualidad para el último día del mes, tendría que desalojar la vivienda de inmediato, perdiendo la fianza".
Me sería de gran ayuda. Muchas gracias