¿Se puede dejar pendiente la gestión de herencia indefinidamente? ¿Consecuencias?

Tras fallecimiento de un padre (cónyuge viviendo en casa de los dos), los hijos pueden "no hacer nada" en cuanto a Impuesto de Sucesiones y Plusvalía (pues no se ha heredado nada todavía), de forma indefinida hasta que fallezca la madre o interese hacer la gestión más adelante (más de 1 año).

Al ser en Zaragoza, el impuesto de Sucesiones está exento si los bienes están por debajo de 500.000€ (como es el caso). Llegado el momento de hacerlo, ¿habría sanción al respecto si este impuesto está exento en este caso? En cuanto a la plusvalía de la casa, ¿habría alguna sanción al respecto?

Por último, hay un vehículo a nombre del fallecido, pero uno de los hijos ya ha gestionado la custodia provisional de éste. Sé que no se puede/debe hacer pero, ¿Qué consecuencias puede haber en la práctica si se lleva el vehículo a nombre del fallecido, hasta que más adelante se haga el cambio? Si no se ha gestionado la custodia provisional, ¿se puede hacer más adelante de los 3 meses?

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