Que pasara ahora con el trabajo?

“Les comunicamos que el/la trabajador/a  cumplirá los 18 meses de I.T. El día A partir de esta fecha, según artículo 174.2 TRLGSS no subsistirá la obligación de cotizar.

En caso de decidir no gestionar la baja de la empresa por el agotamiento de plazo, les informamos que TGSS cierra automáticamente el pago delegado, por lo que, a partir de esa fecha, no podrán continuar conciliando los seguros sociales con deducciones y por tanto, será la Mutua la que debe hacerse cargo del abono de la prestación de IT directamente.

De esta manera el/la trabajador/a tendrá que solicitarnos el Pago Directo.

Por este motivo a partir del día 15 de enero se tramitará la correspondiente baja, lo que te comunicamos a los efectos oportunos.He recibido esta notificacion.A que se refieren? Baja=despido?

2 Respuestas

Respuesta

Partial contributions are strictly necessary and should be mutually responsible for these. dinosaur game

Respuesta

No, baja no es despido. Esa notificación significa que la SS ya no te paga y quien se debe hacer cargo es la mutua, para lo que tendrás que solicitar el pago directo. En función de qué mutua sea, tendrás que presentar un formulario que facilitan en sus páginas web o bien en sus oficinas. Una vez presentado, será la mutua correspondiente quien pague hasta que la seguridad social conceda o no la incapacidad permanente.

En nuestro despacho hemos llevado muchos asuntos a los que les han comunicado una resolución similar a esa.

Despacho de Abogados Barcelona

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